El decreto 521/2011 traslado, con carácter excepcional, sólo para el corriente año, el feriado nacional establecido para el día 17 de agosto de 2011, al día 22 del mismo mes. Por lo tanto el 15/8 es finalmente un día hábil ya que el feriado se paso para el lunes 22/8.
Motivo por el cual los vencimientos que se habían pasado para el día 16/8, vuelven un día atrás y así correlativamente los siguientes.
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Se suscribió el acuerdo salarial en el marco de las paritarias 2022-2023 entre las cámaras empresarias (ADIMRA, FEDEHOGAR, CAMIMA, AFARTE, CAIAMA y AFAC) y la ...
Los de Rentas, no vi que hayan modificado las fechas, los de AFIP si.
En el decreto no dice nada de que se pasan los vencimientos del 16 al 15. Y en las paginas donde figuran los vencimientos todavia figura el 16/8. Saludos.
En la web de AGIP aún figura 16 como primer vencimiento, si bien el decreto salio en mayo no modificaron el calendario ni aplicativo.