Los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Bienes Personales, a los efectos de la determinación del tributo y la confección de las respectivas DJ deberán considerar las valuaciones que se establece para los automotores y motovehículos (motocicletas y motos), las cotizaciones al 31 de diciembre de 2014, de las monedas extranjeras y de los títulos valores y sus cupones impagos, así como las correspondientes a las cuotas parte de los fondos comunes de inversión.
Puede descargar el total de las tablas de valuaciones en pdf desde ACA.
Los archivos permiten la busqueda por nombre, modelo, etc.