PUNTOS DEL ACUERDO.
1. INCREMENTO DE LAS ESCALAS SALARIALES.
– A partir de abril 2015: Un 17,8% sobre los básicos de marzo 2015
– A partir de julio 2015: Un 10% sobre los básicos de marzo 2015
Pueden descargar las escalas para cada categoría desde Escalas UOM acuerdos 2015
2. NUEVAS CATEGORIAS.
– Los que tenían la categoría “Operario” al 1 de abril 2015 pasan a la categoría “Operario Calificado” a partir del 1 de julio 2015.
– La categoría “Ingresante” reemplaza la categoría “Operario” a partir del 1 de abril de 2015.
– Todo “Ingresante” a partir del 1 de abril de 2015 deberá permanecer en esa categoría entre 4 y 6 meses antes de pasar a “Operario Calificado”.
3. INGRESO MINIMO GLOBAL DE REFERENCIA
– A partir del 1 de abril 2015: El IMGR será de $ 7.520.-
– A partir del 1 de julio 2015: El IMGR será de $ 8.160.-
Estos importes se proporcionan para aquellos trabajadores que cumplan jornadas inferiores a las legales.
Recuerden que para la comparación deben excluirse del computo las horas extras.
4. CONTRIBUCION UNICA EXTRAORDINARIA
Se realizara una contribución empresarial de $ 400.- por empleado comprendido en el CCT 260/75.
La misma se abonara en 8 cuotas mensuales iguales de $ 50.- comenzando a partir del mes de julio 2015.
5. TRATAMIENTO DE LA GRATIFICACION EXTRAORDINARIA NO REMUNERATIVA
En el recibo de junio 2015 deberá computarse el importe de $ 2.000.- en concepto de “Gratificación Extraordinaria No Remunerativa por única vez” al mismo tiempo que deberá descontarse lo ya abonado por dicho concepto.
Debido su carácter no remunerativo no será contributiva a ningún efecto.
uom-acuerdos/Acta12015
6. VIGENCIA
Del 1 de abril de 2014 al 31 de marzo de 2016.
Pueden bajar el acuerdo completo desde uom-acuerdos/Acta22015
Quiciera saber si al retroactivo a abril se le tiene q descotar los 2mil pesos q se dio a principio de año.