La UOM acordó un adelanto extraordinario de los valores que resulten de la próxima negociación salarial.
Valor del adelanto:
El acuerdo es por la suma de $ 2.600.- que se abonara en 2 cuotas de $ 1.300.- con la primera y segunda quincena de febrero 2016.
Identificación:
El mismo deberá identificarse con el nombre “Adelanto Extraordinario acuerdo UOM 4-2-2016”.
Base de calculo:
No será incorporado a los salarios básicos, ni afectara el calculo de los conceptos remuneratorios o indemnizatorios.
Aportes y contribuciones:
Los aportes y contribuciones se realizaran cuando se produzca la liquidación definitiva, ya que esto es un adelanto a cuenta, excepto los aportes y contribuciones a la obra social que deberán realizarse al momento del pago de este acuerdo.
Compensación:
Podrá ser absorbido hasta su concurrencia por los importes entregados por las empresas a partir del 1-11-2015 en concepto de bonos, gratificaciones, entregas extraordinarias, etc.
TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN. MANUAL DE USUARIO. RESOLUCIÓN (TFN) 53/2019
Mediante la Resolución 53/2019 se aprueba el “Manual del Usuario” para interponer recurso ante el Tribunal Fiscal de la Nación. La presente medida entra en ...




Para personas con jornada reducida, el adelanto extraordinario es proporcional??