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UOCRA NUEVA ESCALA SALARIAL A PARTIR DE JUNIO 2012. ACUERDO NO HOMOLOGADO.

A partir del 1 de junio de 2012 UOCRA incremento los salarios básicos en un 24%. Siendo las escalas salariales vigentes y la “Gratificación no remunerativa” mensual según la zona y categoría, las siguientes:

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TABLA ZONA “A” TABLA ZONA “B” TABLA ZONA “C” TABLA ZONA “C” Austral
Salario Salario Basico + Salario Basico + Salario Basico +
Categorías Básico Zona desfavorable Zona desfavorable Zona desfavorable
Por Hora Por Hora Por Hora Por Hora
Oficial Especializado 25,82 28,66 39,64 51,64
Oficial 21,99 24,42 37,00 43,98
Medio Oficial 20,27 22,47 35,62 40,54
Ayudante 18,61 20,75 34,49 37,22
Por Mes Por Mes Por Mes Por Mes
Sereno 3.385,00 3.770,00 5.659,00 6.770,00
Gratificación No Rem. Gratificación No Rem. Gratificacion No Rem. Gratificacion No Rem.
Por Mes Por Mes Por Mes Por Mes
Oficial Especializado $ 804,00 $ 893,00 $ 1.235,00 $ 1.609,00
Oficial $ 685,00 $ 761,00 $ 1.153,00 $ 1.371,00
Medio Oficial $ 631,00 $ 700,00 $ 1.110,00 $ 1.262,00
Ayudante $ 580,00 $ 647,00 $ 1.075,00 $ 1.161,00
Sereno $ 546,00 $ 609,00 $ 1.011,00 $ 1.092,00

Pueden bajar el acuerdo desde http://www.camarco.org.ar/Laborales/DocumentosLaborales/ACUERDO%20UOCRA%202012.pdf

Valor del Seguro de vida de UOCRA a partir de junio 2012 $ 67,70.

Particularidades a tener en cuenta sobre la Gratificación No Remunerativa:
1. Esta sujeta a aportes y contribuciones de Obra Social.
2. En caso de ingreso o egreso durante el mes que corresponda el pago se liquidara proporcional al tiempo trabajado. (Interpreto que es el tiempo trabajo en ese mes)
3. Son 2 cuotas a pagar:
– 1º con el pago de primera quincena de junio 2012.
– 2º con el pago de la primera quincena de julio 2012.
4. El acuerdo dice se efectuarán los pagos una vez homologado el acuerdo pero al día de hoy todavía esta pendiente de homologación. (Yo lo deje para liquidar en la segunda quincena).

Como años anteriores el acuerdo además establece:
1. Si el empleador hubiese otorgado voluntariamente aumentos, el incremento salarial fijado por este acuerdo los absorbe y/o compensa.
2. Aporte Extraordinario Solidario: a los trabajadores no afiliados al sindicato se le retendrá el 1,5% durante 6 meses contados a partir del mes posterior a la homologación del acuerdo.
3. Contribución Empresaria Extraordinaria: los empleadores deberán abonar $ 84.- por cada trabajador que tuvieses al 12/6/2012 (momento de suscripción del acuerdo). Esta contribución puede abonarse en 1 cuota al vencimiento de los aportes sindicales de julio o en 4 cuotas de $ 21.- (del 10/8 al 12/11).
4. La vigencia del acuerdo es hasta el 31 de marzo 2013.

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