Se establece un incremento salarial que se aplicará respecto de las distintas categorías de UOCRA previstas en el CCT 76/75, el cual se otorgará de la siguiente manera:
a) Un aumento en el mes de Octubre de 2024: del 4% sobre los salarios básicos vigentes al 30 de Septiembre 2024;
b) Un aumento a partir del mes de Noviembre de 2024: del 4% sobre los salarios básicos vigentes al 31 de Octubre 2024;
c) Un aumento a partir del mes de Diciembre de 2024: del 4% sobre los salarios básicos vigentes al 30 de Noviembre 2024.
La totalidad de los porcentuales previstos en esta cláusula son acumulativos.
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- Sector de la Construcción. Condiciones de Empleo. Sueldos y Jornales. Primera Parte.
- Sector de la Construcción. Convenios Colectivos de Trabajo. Obreros y Empleados. Aplicación. Última Parte.
Asimismo, establecen el pago de un bono extraordinario, de carácter no remunerativo, de $150.000, complementario del acuerdo precedente, pagadero en los meses de Noviembre 2024, Diciembre 2024 y Enero de 2025, el cual será abonado a los
trabajadores y trabajadoras de las distintas categorías previstas en el Convenio 76/75 de la siguiente manera:
- la suma de $25.000 será abonada conjuntamente con el pago de la primera quincena de Noviembre de 2024;
- la suma de $25.000 será abonada conjuntamente con el pago de la segunda quincena de Noviembre de 2024;
- la suma de $25.000 será abonada conjuntamente con el pago de la primera quincena de Diciembre de 2024;
- la suma de $25.000 será abonada conjuntamente con el pago de la segunda quincena de Diciembre de 2024;
- la suma de $25.000 será abonada conjuntamente con el pago de la primera quincena de Enero de 2025;
- la suma de $25.000 será abonada conjuntamente con el pago de la segunda quincena de Enero de 2025.
Las partes convienen que el presente acuerdo salarial tiene vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2024 y en el marco de la negociación colectiva, acuerdan crear una COMISION ESPECIAL para el seguimiento de las variables económicas y del sector de la construcción y su impacto socio económico, asumiendo el compromiso de reunirse el 20 mes de Diciembre de 2024, a efectos de definir los ajustes que correspondan a partir del mes Enero de 2025.
Continúa el Aporte Extraordinario Solidario del 1,50% mensual de los salarios sujetos a aportes y contribuciones para los trabajadores no afiliados, así como la Contribución empresarial por cada trabajador que integre su plantel de $ 3.000.