Se amplía el universo de sujetos alcanzados quedando a partir del periodo devengado agosto 2012 de la siguiente manera:
– Uso Obligatorio: para los empleadores que registren hasta 25 empleados y en el caso que incrementen sus nóminas hasta un máximo de 50 trabajadores, inclusive.
– Uso Optativo: para los empleadores que registren entre 26 y 50 trabajadores, si baja a 25 empleados queda obligado.
– Excluidos: los empleadores que registren más de 50 trabajadores en el período mensual que se declara.