Por lo cual la IGJ mediante la RG 5/16 estableció que hasta tanto se concluya con los trabajos de actualización en el sistema informático estas SRL deberán presentar los estados contable y la documentación e información relacionadas en papel (al igual que las SA incluidas en el Art. 299 de la Ley 19550), dentro de los 15 días posteriores a la realización de la reunión de socios que los considere, acompañando lo siguiente:
1. El formulario de actuación correspondiente.
2. Copia de acta del órgano de administración firmada por el representante legal, de la que deberá surgir la trascripción de la memoria del ejercicio económico y la convocatoria a la reunión de socios que deberá considerar los estados contables.
3. Copia del acta de reunión de socios que aprobó los estados contables y de la planilla del registro de asistencia a la misma, firmadas por el representante legal.
4. Un ejemplar de los estados contables transcriptos a doble faz, firmado en original por el representante legal, por el órgano de fiscalización —si lo hubiere— y por contador público, con constancia del libro —y sus datos de rúbrica— y los folios en que se encontraren transcriptos.
5. Un ejemplar original del informe del auditor, conteniendo opinión.
6. Copia de la memoria firmada por el representante legal.
A los efectos del cumplimiento de los incisos 2 y 3 precedentes, se aceptará un instrumento privado original emitido en las condiciones establecidas en el inciso 2 del artículo 37 de la RG IGJ 7/15, incluyendo la forma alternativa.
Para el resto de las sociedades por acciones no comprendidas en el artículo 299 de la Ley 19550 deberá seguir utilizándose el aplicativo SITIGJ, el vigente actualmente es el “Aplicativo SITIGJ V 2015/2016” y pueden descargarlo desde http://www.jus.gob.ar/igj/servicios-en-linea/servicios-disponibles/balances.aspx