Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 8 de septiembre de 2015 Señores Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Presidente de la Cámara de Diputados del Congreso Nacional Presidente de la Cámara de Senadores del Congreso Nacional Comisión Bicameral Especial de Monitoreo e Implementación del Nuevo Código Procesal Penal de la Nación Ministro de Economía de la Nación Administrador Federal de Ingresos Públicos AFIP Presidente de la Unidad de Información Financiera (UIF).
Ref.: Solicitud de “tratamiento urgente” del muy severo cuadro de Situación que afecta a los Contadores Públicos
De nuestra mayor consideración: Tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes en relación al tema de la referencia. El reclamo generalizado de los profesionales en Ciencias Económicas de prácticamente todo el país, es hoy en día una constante, a la cual las entidades de la profesión, no obstante sus recurrentes presentaciones ante la autoridad competente en cada caso, no han tenido éxito en lograr cambios y respuestas concretas hacia esos reclamos. Fundamentalmente la grave situación que se ha ido acentuando con el tiempo, tiene su base en situaciones que haremos hincapié en algunas de ellas:
a) El traslado de una importante carga de trabajo adicional –a la que le es propia- por parte de los Organismos de Control, con la consecuente asignación de responsabilidades y la precarización profesional que conlleva;
b) La imposición que le fija a los Contadores Públicos el nuevo Código Procesal Penal de la Nación en el inc. del Art. 204 -como obligados a denunciar (casos de fraude, evasión impositiva, lavado de activos, trata y explotación de personas)-;
c) El carácter de “sujeto obligado” que le impone la UIF a los profesionales que actúan como Auditores o Síndicos –debiendo reportar por operaciones sospechosas del lavado de dinero de sus clientes ante ese Organismo-;
d) Las incomodidades de nuestros colegas en los lugares de atención, en particular los que ejercen la profesión en el interior del país, donde se requiere refuerzo en la infraestructura satelital y conectividad informática para que hasta el pueblo más lejano tenga las mismas posibilidades acceso para el cumplimiento de las normas;
e) El aumento de la presión tributaria que castiga a los jubilados, autónomos y empleados en relación de dependencia incluidos en el impuesto a las ganancias.
AFIP – DGI
Los Contadores Públicos enfrentan, para dar cumplimiento en tiempo y forma a sus tareas técnicas impositivas, severas dificultades que atentan tanto contra el cumplimiento de su cometido con profesionalismo como de la preservación de elementales condiciones de calidad de vida. Basta hacer un raconto de situaciones cotidianas para apreciar que el marco que se le impone al profesional resulta contraproducente en relación a los objetivos de un sistema razonable que apunte a que el Fisco pueda recaudar oportunamente lo que corresponde, los contribuyentes den cumplimiento a sus obligaciones fiscales sin dificultades operativas y los Contadores Públicos puedan asegurar un trabajo técnico de calidad inobjetable, sin inconvenientes en complejidades que interrumpan recurrentemente su tarea.
Sobre el particular cabe realizar las siguientes precisiones: Las mayores dificultades se originan en una transferencia altamente significativa de carga de trabajo desde la AFIP hacia el sector privado, lo cual impacta no solamente sobre los pequeños y medianos contribuyentes sino también sobre los Contadores Públicos actuantes que los asisten.
Las múltiples problemáticas que se observan cotidianamente derivan de:
– El régimen de Factura electrónica.
– El Sistema Informativo de Compras y Ventas.
– La Liquidación del IVA on line.
– Los Aplicativos.
– Las presentaciones requeridas con duplicación de información que ya dispone el Fisco.
– La Complejidad del sistema que desborda al Contribuyente.
– Las severas dificultades de conectividad a la página Web de la AFIP y la frecuente caída del sistema.
– Las Fiscalizaciones Electrónicas.
– Modo de interpretaciones de normas o cuestiones
En relación a los aspectos que anteceden los Contadores Públicos nos hacen llegar permanentemente entre las severas dificultades que enfrentan en su quehacer profesional, las siguientes:
1. Factura Electrónica En cuanto a la Factura Electrónica si bien formalmente se trata de un tema administrativo que atañe a los contribuyentes, en los múltiples casos de los
más pequeños se encuentran en la necesidad de apelar permanentemente a la asistencia técnica del Contador Público.
2. Sistema Informativo de Compras y Ventas Cabe destacar que se le impone entre otros a los pequeños contribuyentes y, por ende, al Contador Público la obligación de cumplir con el sistema informativo, debiendo enviar archivos de datos que ya son conocidos por el ente recaudador. Un caso representativo es el de quienes están obligados a emitir factura electrónica: el hecho de tener que solicitar autorización previa para su emisión nos indica que quien autoriza ya tiene conocimiento de todos los datos de cada factura, aún antes que la misma llegue a manos del cliente comprador. Es por ello que no se entiende el sentido de imponer una carga adicional de informar nuevamente las ventas.
3. Liquidación del IVA on line La exigencia que impone esta modalidad genera una complejidad operativa que le provoca dificultades al contribuyente y mayor carga de trabajo al contador que lo asiste profesionalmente.
4. Aplicativos Se verifican recurrentemente problemas a partir de una serie de aplicativos desarrollados desde el punto de vista de la ingeniería informática pero que no han sido probados adecuadamente por los técnicos tributarios. Los errores comienzan a surgir cuando son utilizados por primera vez por los “contribuyentes”, y de allí devienen los “parches”, mensajes de error, soluciones vía consulta web, nuevas versiones “que solucionan problemas anteriores”, etc. Resulta redundante señalar la cantidad de tiempo adicional que le insume a un contador “luchar” con todos estos inconvenientes como paso previo a la liquidación impositiva concreta.
5. Declaraciones juradas de conceptos no remunerativos Otro requerimiento derivado de una duplicación de información es el de las Declaraciones Juradas de Conceptos No Remunerativos: tanto el Nº de empleados como el total de “conceptos no remunerativos” surgen perfectamente del F. 931, teniendo asimismo la AFIP los datos individuales por cada empleado.
6. Complejidad que desborda al Contribuyente En general, el contribuyente no conoce cómo funciona actualmente el intrincado sistema. Se dedica a trabajar en lo suyo para generar los ingresos que lo transforman precisamente en contribuyente, pero no es el “liquidador”. Solo proporciona los datos que le pide el contador. La mayoría ni siquiera conoce cómo entrar a las distintas páginas de los entes recaudadores, y no tiene ningún interés en “meterse en la complejidad” de
sistemas, aplicativos, envío de archivos (cifrados, zipeados, pasados a PDF, etc.)
7. Las severas dificultades de conectividad a la página Web de la AFIP y la frecuente caída del sistema Situación que se suele verificar particularmente en días de vencimientos. Lo cual se plantea como un verdadero colapso impredecible que impide llevar a cabo la tarea profesional en tiempo y forma.
8. Problemas derivados de Fiscalizaciones Electrónicas La proliferación de Fiscalizaciones Electrónicas, las cuales, por la facilidad con que el Fisco las genera, han incluido una oleada de notificaciones, por supuestas inconsistencias, en ocasiones sin el debido chequeo de verosimilitud de las mismas, por parte del Organismo recaudador.
9. Modo de interpretaciones de normas o cuestiones La peligrosa tendencia a fijar pautas o cursos de acción, a través de medios tales como el ABC, la web Diálogo Fiscal e, incluso, declaraciones de funcionarios del Organismo Fiscal, respecto al modo en que deben interpretarse determinadas normas o cuestiones, en interpretaciones que, en ocasiones, a todas luces no encuentran soporte en las normas a las que supuestamente refieren. En ocasiones, ni siquiera existe una norma de referencia, sino que son expresiones de las decisiones adoptadas por el Organismo Fiscal; un ejemplo de esto, ha sido la situación planteada en torno a factura electrónica antes de la emisión de la RG 3793. La situación descripta coloca a los profesionales en Ciencias Económicas en la imposibilidad de brindar al cliente un asesoramiento certero, el cual, a su vez, permitiría un mejor cumplimiento de sus obligaciones por parte del sujeto obligado
10. Cada vez se profundiza más la precarización profesional Se tienen que dedicar más horas, incluso en los horarios insólitos en los que muchas veces es necesario apelar, sin compensación económica alguna. A lo que antecede cabe adicionar otras múltiples intervenciones que le son requeridas a los profesionales por parte de los contribuyentes a raíz de las obligaciones que se les imponen a éstos.
Nuevo Código Procesal Penal de la Nación
A partir de la Ley 27.063 que sanciona el Código Procesal Penal de la Nación se le impone a los Contadores Públicos en el inciso c) del artículo 204 la obligación de denunciar “los casos de fraude, evasión impositiva, lavado de activos, trata y explotación de personas” de los que se enteraran, excepto aquellos que queden amparados por secreto profesional.
Obviamente, de esta manera se convierte a los Contadores Públicos -junto a los Escribanos- en generadores de una obligación ajena a su ejercicio. Lo cual por otra parte se constituye en una situación inequitativa y discriminatoria en relación a otras profesiones y a los ciudadanos -en general- ya que no recae sobre éstos la obligación de denunciar delitos de los que toman conocimiento. Numerosos prestigiosos abogados especialistas en derecho penal sostienen que la exigencia de esa denuncia es absolutamente inconstitucional. A todas las profesiones el artículo 204 respeta el secreto profesional por las cosas conocidas en el ejercicio de sus funciones, lo dice taxativamente. Pero para nuestros profesionales le invierte la carga y siempre debe denunciar salvo que lo ampare el secreto
UIF
De acuerdo a las disposiciones vigentes de la UIF los Contadores Públicos matriculados que actúan como auditores y síndicos y cuyas actividades estén reguladas por los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas revisten el carácter de “Sujetos Obligados” a implementar controles especiales vinculados con la actividad de lavado de dinero y, de esta forma, cuando detecten operaciones sospechosas en sus tareas de control deberán informarlas a la Unidad de Información Financiera (UIF). La detección de operaciones inusuales y el reporte de operaciones sospechosas se constituye en el aspecto más relevante de la normativa, básicamente porque todo el esquema de control que establece la UIF está destinado a que los profesionales, en cuanto sean “sujetos obligados”, detecten y reporten operaciones sospechosas de lavado de dinero a este organismo de control. Se coloca al contador que debe mantener el secreto profesional que es la base del vínculo “cliente-profesional” en una suerte de delator encubierto lo que resulta inadmisible. Se le impone así al Contador Público más presión con responsabilidades adicionales a las que le son propias y la conflictiva situación de informar cada operación que pudiere considerarse sospechosa sin comunicársela a su cliente.
Por lo que antecede: Solicitamos a las autoridades competentes dar tratamiento urgente a los problemas enunciados precedentemente
-En relación a la AFIP o Generar soluciones operativas inmediatas a los múltiples problemas planteados.
– En cuanto al Nuevo Código Procesal Penal de la Nación o Hacer lugar a la derogación del inciso c) del artículo 204 del citado Código Procesal Penal de la Nación.
– Con referencia a la UIF o Considerar un replanteo de la normativa en cuanto a los alcances que tiene para los Contadores Públicos.
– Respecto a la presión tributaria o Aumentar los mínimos no imponibles y las deducciones; y asimismo, adecuar las escalas del impuesto a las ganancias congeladas a los niveles que tenían en el año 2000. Idem respecto de la escala aplicable a los monotributistas. Por otra parte, se requiere de un replanteo de las deducciones diferenciales en el impuesto a las ganancias que generan gran desigualdad entre pequeños contribuyentes de 3ª y 4ª categoría independientes respecto de los que están en relación de dependencia.
Sin otro particular y expresando el pensamiento de una enorme mayoría de profesionales, intentamos colaborar en la búsqueda de soluciones que hagan que el contribuyente no considere injusto los impuestos que debe pagar, los profesionales que puedan desarrollar dignamente nuestra querida profesión y el fisco logre recaudar lo que corresponde por medio de una relación amigable con los actores involucrados. Dr. CP Victor Alberto Lioni Dr. CP Rubén Veiga Secretario General Presidente
Adhiero plenamente al reclamo, cada mes llego más ajustado a presentar los impuestos.
Quiero agregar, el funcionamiento del sistema de recaudación de ingresos brutos por parte de las provincias, generando saldos a favor irrecuperables, dado la “liberación de zonas ” que otorga la comisión arbitral, para que cada provincia recaude indiscriminadamente, ej. Vendo a Chubut y me retienen de Misiones, increíble.
Ni hablar de las atribuciones de ingresos para determinar coeficientes y las altas de oficios o alícuotas castigados por presunción.
Por otro lado
Atte.
Leonardo
Es real, la carga de trabajo que tenemos que soportar ,agreguemos los costos administrativos , internet 24 hs, inversiòn en computadoras e impresoras modernas, Tiempo de Actualizaciòn y lectura de resoluciones no sólo nacionales sino tambièn provinciales y municipales.-
Las exigencias que le imponen a los contribuyentes Afip por un lado ,factura electrònica, règimen de informaciòn de compras y ventas, (teniendo que comprar programas para agilizar nuestras tareas) ,iva web, solo haciendo referencia a lo Nuevo de estos ùltimos meses, sin tener en cuenta la recategorizaciòn de monotributos, declaraciòn jurada cuatrimestral de las categorìas más altas de èstos,tampoco olvidemos que tenemos obligaciones tributarias con las reparticiones provinciales y municipales, .-
Tambièn duele cuando uno se acerca a las oficinas de Afip a hacer alguna consulta tècnica, la gente que està al frente no està lo suficientemente capacitada para darnos respuestas !(ocurre en muchos casos)
Utilizamos nuestro tiempo de esparcimiento, como un feriado , un domingo para adelantar trabajo, porque CUIDADO, sino tenemos las multas, que aplican al contribuyente , y todo por un honorario no acorde a tantas tareas que desarrollamos diariamente, .-
Realmente agradezco a la FAGCE que haga llegar nuestro malestar !
Es real, los organismos públicos,
La nota presentada es de una realidad palmaria. Verguenza da la pasiva o tibia actitud que asumen los consejos profesionales, quienes deberían asumir una actitud mucho mas corporativa en el buen sentido. El Contador hace tiempo que viene siendo denostado, pasando a ser el que ataja los penales que le patea constantemente el organismo recaudador de turno (AFIP, Rentas, IGJ, etc. etc), todo por el mismo honorario.
Pasamos de la euforia a la depresión absoluta en cuestión de minutos con nuestra profesión, euforia cuando lográs “cerrar” una pequeña o gran gestión ante los organismos (por ej. presentar un IVA), y tropezamos con la depresión absoluta cuando recordamos TODO lo MUCHO que nos falta hacer -y TODO lo POCO que vamos a percibir- para que nuestros clientes tengan sus cosas medianamente en orden. No puede seguir éste enorme atropello, adhiero totalmente al reclamo cursado por la FACPCE y a la opinión de los demás colegas.
Es una pena que la profesión que elegimos esté siendo denigrada y menospreciada poco a poco. Lamentablemente para los tiempos que corren, mas trabajo no significa necesariamente que uno pueda cobrar más. El Estado necesita recaudar, el contribuyente necesita vender para poder pagarle al Estado, y en el medio estamos nosotros trabajando por una cuestión más de profesionalismo y orgullo que por beneficio económico.
Es absoluta y completa verdad , lo expresado. Tal como se indica, se agrava en el interior del país donde encarece costos, provoca incertidumbre, y parece originar un decrecimiento notable de la voluntad de iniciar cualquier actividad nueva.
No dejamos de considerar la necesidad de la lucha contra la evasión, ni contra cualquier actividad delictiva. Ni la necesidad de recaudación del Estado. Solamente decimos que para ello, se observen los tiempos necesarios y formas en lograrlo, sin poner por delante a una profesión específica como obligada a demostrar su inocencia Las urgencias, repeticiones de tareas y la falta de respeto estricto a la ley y el uso informático excesivo , inconsulto, con lanzamiento de programas no suficientemente controlados, solo hace caer a los contribuyentes en multas injustas y en una actitud de inseguridad jurídica en el ejercicio de su actividad y una menor voluntad de crecimiento frente a una presión fiscal creciente sin miras a su revisión equilibrada al principio de capacidad contributiva.
La economía es una ciencia social y por tanto, cuando se trata de modificar algo referido a ella,(como en este caso) se debería buscar formas colaborativas de las todas las entidades profesionales, en el complejo objetivo de educar al soberano. La imposicion compulsiva y en exceso, solo llevará a la rebeldía y a un punto límite donde el objetivo perseguido será totalmente vano.
Es absoluta y completa verdad , lo expresado. Tal como se indica, se agrava en el interior del país donde encarece costos, provoca incertidumbre, y parece buscar borrar la voluntad de iniciar cualquier actividad nueva.
No dejamos de considerar la necesidad de la lucha contra la evasión, ni contra cualquier actividad delictiva. Ni la necesidad de recaudación del Estado. Solamente decimos que para ello, se observen los tiempos necesarios y formas en lograrlo, sin poner por delante a una profesión específica como obligada a demostrar su inocencia Las urgencias, repeticiones de tareas y la falta de respeto estricto a la ley y el uso informático abusivo , inconsulto, con lanzamiento de programas no suficientemente controlados, solo hace caer a los contribuyentes en multas injustas y en una actitud de inseguridad jurídica en el ejercicio de su actividad y una menor voluntad de crecimiento frente a una presión fiscal creciente e incumplible.
La economía es una ciencia social y por tanto, cuando se trata de educar en algo referido a ella, se debería buscar formas colaborativas de las todas las entidades profesionales, en el complejo objetivo de educar al soberano. La imposicion compulsiva y abusiva solo llevará a la rebeldía y a un punto límite donde el objetivo perseguido será totalmente vano.
Estoy en todo de acuerdo con el reclamo, con más 35 años de matrícula, se me ocurre que nosotros en especial… la sociedad y el estado no han tomado real conciencia que toda la riqueza del país pasa por nuestras manos. Si este poder lo tuviese algún sindicato, seguro estaría gobernando el país, sin embargo no es así y estamos siempre defendiéndonos desde la debilidad y de lo injusto. Alimentamos con nuestra actividad a todos los consejos profesionales y sin embargo no tenemos la incidencia necesaria para lograr los derechos mínimos que debieran asistirnos. Soy autónomo, inscrito en IVA y me voy a jubilar con algo que no me va a alcanzar para pagar la prepaga que seguramente voy a necesitar más que nunca a esta edad???. Donde está la razón…se fue de viaje??? “Si el elefante supiera la fuerza que tiene no habría quien lo podría sujetar”
Por fin…………………………………………..
Totalmente cierto FAGCE y colegas. Lamentablemente no se puede prever que esto tenga solución.
Por fin Alguien nos defiende, parece que los Profesionales que estan en los Colegios, Consejos, Federaciones, se dieron cuentas que son De Ciencias Económicas , deben aprender de los Abogados que defienden a sus profesionales.-
Lo la mentable que en todas las instituciones citadas, AFIP, UIF, el 80 % son de nuestra profesión.-
Adhiero plenamento a lo solicitado.
Q. Pasa con las personas fisicas q. Desarrolan actividades gravadas destinando un Capital a sus Actividades , segun nuevo Codigo C. y C.?
Mas cargas p. profesional ?
Se deberia legislar considerando , al sujeto para quien se destinan dichas normas.
No se puede incluir, exigir obligar a responder a las
distintas situaciones de :
Volumen de ingresos, patrimonio, figura societaria, etc , tanto a las Grandes Sociedades como a las Pymes, P.Fis.
a Cumplir de la Misma forma con la INNUMERABLE A VECES
INDECIFRABLE CANTIDAD DE LEYES, RESOLUCIONES, DECRETOS, / APLICATIVOS….ETC
PARA LO CUAL EL PEQUEÑO CONTRIBUYENTE NO PUEDE NI DEBERIA SOPORTAR TAL CARGA.
SE DEBE REPLANTAR LA TOTALIDAD DE LA LEGISLACION TRIBUTARIA. APUNTANDO A SU EFICACIA, SEGURIDAD Y VERDADERA EQUIDAD FISCAL
ATT.
Me parece oportuna esta aclaración y en lo posible que los contribuyentes, nuestros clientes también tengan conocimiento de esta situacion, por que somos un fusible en esta relación, que por lo general siempre se quema.
ESTOY TOTALMENTE DE ACUERDO Y A ENTERA DISPOSICIÓN PARA TOMAR MEDIDAS MAS EXTREMAS QUE ALIVIAREN LA CARGA DE LA PROFESIÓN