Ya es posible solicitar el certificado de firma digital y gestionar el trámite presencial en todas las Delegaciones del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires.
Si sos suscriptor de contadoresenred.forumjuridicofiscal.com.ar podés acceder a un video de actualización que subimos sobre este nuevo trámite SITRADIB.
Los profesionales con matrícula activa podrán tramitar su certificado de firma digital de persona física 100% bonificado.
Luego de la firma del convenio con el Certificador Licenciado ENCODE S.A., por medio del cual el Consejo fue designado como Autoridad de Registro Delegada, ha culminado el proceso de formación de los oficiales de registro y preparación del equipamiento técnico necesario, por lo que ya es posible solicitar el certificado de firma digital y gestionar el trámite presencial en todas las Delegaciones.
Se destaca que los profesionales con matrícula activa en este Consejo tienen el arancel 100% bonificado para tramitar su certificado de firma digital de persona física.
Tengan en cuenta que ENCODE no es la única autoridad de Certificación de firma Digital. Otros Certificadores con licencia vigente son:
- ONTI – Oficina Nacional de Tecnologías de Información – Gratuito para personas humanas-
- Lakaut S.A.
- Box Custodia de Archivos S.A.
- Digilogix S.A.
Cómo solicitar el certificado de Firma Digital con ENCODE
Para obtener tu firma digital debés iniciar el trámite en el sitio web de ENCODE S.A. (https://www.encodesa.com.ar/), desde donde podes seleccionar a cuál de las Delegaciones concurrir para la identificación presencial y solicitar el turno para hacerlo.
Los profesionales con matrícula activa que soliciten su certificado de firma digital de persona física deben optar por nuestro Consejo al seleccionar el tipo de organización mediante la cual solicitarán el certificado, a efectos de acceder a la bonificación mencionada anteriormente.
ACLARACIÓN IMPORTANTE: si bien en todos los casos es indispensable que en el momento de la identificación presencial se concurra con la documentación requerida por el Certificador Licenciado , en las solicitudes de certificados de firma digital de personas jurídicas, éstas deberán además remitir por e-mail a la Delegación en la que solicitaron el turno, archivos con la correspondiente documentación societaria escaneada.
Pueden iniciar el trámite desde ACÁ
URGENCIA E IMPORTANCIA DE TENER TRAMITADA LA FIRMA DIGITAL
El gobierno de la provincia de Buenos Aires, a través de la Resolución MTGP 147/24, el Ministerio de Trabajo puso en marcha el Sistema de Trabajo Digital Bonaerense (SITRADIB) que implementa la presentación de la documentación laboral obligatoria en el marco de las leyes de fondo que regulan las relaciones laborales en la provincia de Buenos Aires en forma digital y con un NUEVO requisito (entre otros), que la información contenida en los libros de sueldos este firmada digitalmente.
Para agregarle más complejidad al tema, el Ministerio de Trabajo estableció plazos demasiados escuetos y con un agravante, no contemplan que estamos a fines de año, época en la que comienzan las licencias por vacaciones y el país entra en un letargo administrativo hasta marzo.
Cronograma de Implementación del SITRADIB
a) Los empleadores que al momento de entrada en vigencia de la presente rubrican microfichas, cualquiera sea el número de empleados/as que tengan, deberán adecuarse al sistema a partir del día 1° de Noviembre de 2024.
b) Los empleadores que ocupen a 50 o más trabajadores/as y que al momento de la entrada en vigencia de la presente Resolución utilicen otra modalidad de rúbrica, deberán adecuarse al sistema a partir del día 1° de Diciembre de 2024.
c) Los empleadores que ocupen a menos de 50 y que utilicen otra modalidad de rúbrica deberán adecuarse al mencionado sistema a partir del día 1° de Enero de 2025.
Carla, ¿sabes cómo deben abonar el trámite los externos (no contadores) en las Delegaciones del Consejo CCEE? Al completar la solicitud en Encode solo habilita pago en CTA CTE del CPBA. ¿Sabés si el token lo entregan el día del turno o hay que comprarlo con anterioridad? Desde ya muchas gracias
Podes elegir entre el token o la nube.. El costo en ENCODE segun la pagina de ellos es RI PH 87.120 Y PJ 145.200, no se si el consejo va a cobrar algo mas por hacer el tramite o no…porque preguntè en el CPBA y no me contestaron.
Muchas gracias
Lo que traba el sistema es la firma digital. Los empleadores no quieren sumar un gasto extra para habilitar la firma. Es muy cara para pesonas juridicas me piden casi $150 mil por año. Y operativamente es duplicar el trabajo hecho en afip. Una locura y no entiendo como los consejos de contadores permitieron algo así.
Dios mío que desastre,todo por el capricho del inoperante gobernador. hubiese sido más llevadero desde afip como estaba previsto.
CONSULTEN BIEN. El Sitradib exige que la firma sea DEL PRESIDENTE o el empleador… Estan rechazando firmas digitales PERSONALES sin estar vinculadas a la empresa o empleador. Parece que tampoco sirven los poderes. Los unicos que pueden hacer ese tramite son los certificadores de firma tarifados (cuesta 50 usd mas 200 usd cada tres años).. Por favor, si alguien paso por esta experiencia que confirme ….
No hay ninguna posibilidad de prorroga. No creo que puedan tramitar todas las firmas en el periodo de un mes.
Y nosotros vamos a firmar por nuestros clientes?
No, ya hice la prueba y lo rechaza, incluso con la firma digital de uno de los socios de la Empresa, Aparentemente al momento de tramitar la firma hay que vincular a la Empresa.
Tiene que ser solo el presidente de la empresa o el titular… (Ironias aparte… me gustaria ver a Paolo Rocca haciendo el tramite… o al CEO de Loma negra/Ferrosur Roca… )
Pregunto… ¿como demostramos independencia del cliente cuando estamos relacionados al mismo con la firma digital?
Otro tema: ¿alguien sabe que vamos a pedir en las pericias laborales cuando los libros esten en poder del Ministerio? la pregunta vale para CABA tambien…
Buenas. Los libros no están en poder del Ministerio. El sistema será igual que en CABA: el ministerio devuelve a la empresa una hoja de rúbrica firmada digitalmente que tiene embebido como adjunto el libro de sueldos, que previamente fue subido al Ministerio con la firma digital del presidente de la empresa.
El perito o auditor debe:
1- requerir esa hoja rubricada con firma digital del Ministerio,
2- verificar que la firma digital del Ministerio sea válida (la firma digital del presidente de la empresa no tiene importancia, porque a esta altura ya fue verificada por el Ministerio)
3- extraer de la hoja, por sus propios medios, el libro de sueldos embebido como adjunto. No aceptar el libro ya separado de la hoja, no aceptar ninguna clase de impresiones en papel.
Carlos, estuve hablando con un empleado de encode, porque yo no quiero poner mi firma digital en las presentaciones del SITRADIB porque no tengo claras las responsabilidades legales que emanen de estas presentaciones. En tal sentido desde enconde me dicen que tendrè que vincular todas la hullas digitales de mis clientes en mi celular, porque cada firma digital debe estar vinculada a un celular. Yo pare las rotativas con este tema porque desde el consejo tampoco aclaran demasiado sobre nuestras responsabilidades como contadores en el caso de que usemos la nuestra. De todos modos para el caso de apoderados, enconde tiene una especie de poder para completar y presentar al momento de gestionar la firma de un apoderado /delegado. Saludos
Liliana. Gracias por la info… Voy a hablar con Encode para este tramite… Yo (quiza irresponsablemente) no le pongo tanto acento a la responsabilidad profesional, (claro,,, depende cada cliente, no?) Hubo algunos que seguro que no les firmaba nada… Igualmente, luego que terminen las prorrogas, cada empleador que no haga el tramite va a estar en infraccion… y tampoco me queda claro la explicacion de de Ogalatti. Yo por las dudas imprimo el libro junto con la constancia de rubrica (las que pude hacer ANTES que se dieran cuenta que las firmas debian ser del Presidente) Me aceptaron casi un año que tenia pendiente. pero ahora. desde Octubre estamos en falta..
Yo tengo el caso de una persona que tiene una unipersonal y aparte es presidente de una juridica y tuve que realizar la solicitud por cada uno , aunque la persona que firma sea la misma.
Yo no pienso firmar nada hasta que no aclaren cuales son las consecuencia legales que tengo que asumir por este tramite.
Es una locura astronómica esto.