Se aprueba el servicio Mis Alertas, destinado a los empleadores comprendidos en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Mediante el mismo los empleadores obtendrán del servicio Mis Alertas, información referida a:
1) Declaraciones juradas de la seguridad social presentadas con errores (por ejemplo: con CUIL inexistente o sin nómina).
2) Pagos de aportes a la seguridad social pendientes de distribución a los distintos subsistemas de la seguridad social.
3) Inconsistencias en la registración de contratos con ART.
4) Archivos históricos referidos a las consultas realizadas en el servicio Mis Alertas.
El empleador que posea errores o inconsistencias informadas por el servicio Mis Alertas, previamente a realizar las adecuaciones y/o correcciones que pudieran corresponder, deberá corroborar la información detallada en el mismo con la obrante en el sistema “Cuentas Tributarias”, implementado por la RG 2463.
Si la información proporcionada por el servicio “Mis Alertas” tuviera su origen en un error de imputación, el responsable deberá contemplar lo dispuesto en la RG 3487.
Las disposiciones establecidas en la presente resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial 05/12/2017 pero el sistema aun no está disponible para ser utilizado en la página web de AFIP.
Lo que no entiendo: Existiendo 2 vías (E-Ventanilla y E-Ventanilla ART) ya habilitadas por las cual AFIP puede informar al contribuyente este tipo de “desvíos” o “inconsistencias” ¿Es necesario crear una tercer sistema de información? ¿Permitirá Mis Alertas ser notificado vía mail de los avisos que se reciban o será un trabajo mas para agregar a la larga lista de tareas que no para de crecer?
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