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SICOSS – Seguridad Social Versión 42 Reléase 5

El Decreto Nº 545/20 prorrogó por un plazo de sesenta (60) días el beneficio otorgado por el Decreto 300/20 reglamentado por la Resolución General Nº 4694 AFIP, a los empleadores pertenecientes a los servicios, instituciones y establecimientos relacionados con la salud.
La vigencia del beneficio se extiende hasta el período devengado julio de 2020.
Los beneficios otorgados por el Decreto Nº 332/20 reglamentado por la Resolución General Nº 4693 AFIP, fueron prorrogados hasta el período devengado junio de 2020.
Los empleadores alcanzados por los beneficios mencionados, podrán acogerse a los mismos utilizando el servicio “Declaración en Línea”.

Novedades – Seguridad Social V. 42 R. 5:

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