El Decreto Nº 545/20 prorrogó por un plazo de sesenta (60) días el beneficio otorgado por el Decreto 300/20 reglamentado por la Resolución General Nº 4694 AFIP, a los empleadores pertenecientes a los servicios, instituciones y establecimientos relacionados con la salud.
La vigencia del beneficio se extiende hasta el período devengado julio de 2020.
Los beneficios otorgados por el Decreto Nº 332/20 reglamentado por la Resolución General Nº 4693 AFIP, fueron prorrogados hasta el período devengado junio de 2020.
Los empleadores alcanzados por los beneficios mencionados, podrán acogerse a los mismos utilizando el servicio “Declaración en Línea”.
Novedades – Seguridad Social V. 42 R. 5:
- Actualización de productores en convenios de corresponsabilidad gremial. Julio 2020
- El sistema Declaración en Línea efectuará en forma automática el cálculo de reducción de contribuciones a los empleadores caracterizados con el código “461 – Beneficio Decreto Nº 332/2020 Reducción de Contribuciones S.S.”
- Los empleadores alcanzados por el beneficio de postergación de pago deben estar caracterizados con el código “460 – Beneficio Decreto Nº 332/2020 Postergación pago de Contribuciones S.S.”
- Los empleadores alcanzados por el Decreto Nº 300/20 deben estar caracterizados con el código “459 – Reducción Contribuciones Empresas de Salud Decreto 300/2020”.
Necesito migrar la versión 35.1 a raíz de haber efectuado unas rectificativas en años anteriores y al migrar hacia la versión 42.5 no me lo permite.