Según las modificaciones introducidas por la RG 5762/25 el adquirente, locatario o prestatario inscripto en el impuesto al valor agregado que reciba el comprobante clase “A” con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN” deberá actuar como agente de retención de los impuestos al:
- IVA: 100% de la alícuota que corresponda.
- A las ganancias: 6%
La misma debe practicarse en el momento en que se efectúe el pago de los importes atribuibles a la operación, incluidos aquellos que revistan el carácter de señas o anticipos que congelen precios.
| CÓDIGO DE RÉGIMEN | DESCRIPCIÓN |
| 99 | Factura “A” con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN” – Ganancias – Emisión de comprobantes con discriminación del gravamen |
| 499 | Factura “A” con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN” – IVA – Emisión de comprobantes con discriminación del gravamen |
Los agentes de retención que omitan practicar las retenciones establecidas en esta resolución general o que mantengan en su poder los importes retenidos después de vencidos los plazos en que debieron ingresarlos, serán responsables en forma personal y solidaria en los términos del artículo 8° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, por el tributo que omitieron retener o que, retenido, dejaron de ingresar. Asimismo serán pasibles de las sanciones dispuestas en la citada ley, en sus artículos 45 o 48, respectivamente y, de corresponder, en el artículo 4° del Título IX -Régimen Penal Tributario- de la Ley N° 27.430 y sus modificaciones.
SICORE Versión 9 Reléase 21 Novedades. Por cambios en retención sobre facturas .
- Actualización de regímenes de acuerdo a la RG 5762/2025.
NOTA: Recordá que al confeccionar tu Declaración Jurada deberás informar el campo CONDICIÓN. Podrás verificar las condiciones asociadas a los distintos regímenes dentro del aplicativo en el menú CONSULTA DE DECLARACIONES JURADAS en la opción CONSULTA DE REGÍMENES.
Podés descargar la nueva versión desde www.afip.gob.ar/aplicativos/oProgramasImpositivos/sistControlRetenciones.asp

