El Decreto Nº 545/20 prorrogó por un plazo de sesenta (60) días el beneficio otorgado por el Decreto 300/20 reglamentado por la Resolución General Nº 4694 AFIP, a los empleadores pertenecientes a los servicios, instituciones y establecimientos relacionados con la salud.
La vigencia del beneficio se extiende hasta el período devengado julio de 2020.
Los beneficios otorgados por el Decreto Nº 332/20 reglamentado por la Resolución General Nº 4693 AFIP, fueron prorrogados hasta el período devengado junio de 2020.
Los empleadores alcanzados por los beneficios mencionados, podrán acogerse a los mismos utilizando el servicio “Declaración en Línea”.
SICOSS VERSIÓN: 42.0 RELEASE 5 – NOVEDADES:
- Actualización de productores en convenios de corresponsabilidad gremial. Junio 2020
- El sistema Declaración en Línea efectuará en forma automática el cálculo de reducción de contribuciones a los empleadores caracterizados con el código “461 – Beneficio Decreto Nº 332/2020 Reducción de Contribuciones S.S.”
- Los empleadores alcanzados por el beneficio de postergación de pago deben estar caracterizados con el código “460 – Beneficio Decreto Nº 332/2020 Postergación pago de Contribuciones S.S.”
- Los empleadores alcanzados por el Decreto Nº 300/20 deben estar caracterizados con el código “459 – Reducción Contribuciones Empresas de Salud Decreto 300/2020”.
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