La posibilidad de facturación sin necesidad de identificación del comprador, en el caso de que sean consumidores finales es de $ 17.472 (anteriormente $ 15.380). Cuando se supere dicho final deberán detallarse los siguientes datos:
- Apellido y Nombres.
- Domicilio.
- CUIT/CUIL/CDI, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI).
La identificación también se realizará cuando el importe de la operación sea igual o superior a $ 8.736 (anteriormente $ 7.690) y no se haya efectuado por alguno de los medios de pago electrónicos autorizados:
- Tarjetas de crédito,
- transferencias de pago instrumentadas mediante tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias
- u otros medios de pago equivalentes conforme normativa del Banco Central de la República Argentina.
No regirán los importes mencionados, cuando se trate de operaciones efectuadas por responsables inscriptos frente al IVA cuya actividad principal corresponda a la comercialización mayorista a saber industria manufacturera, comercio al por mayor y al por menor, reparación de vehículos automotores y motocicletas.
No obstante, para estas actividades se exceptuará de identificar al cliente cuando la operación sea igual o menor a $ 8.736 y el pago se efectúe por algún medio electrónico autorizado.
¿De donde surge el importe de la actualización?
Estos valores se actualizan a partir de agosto según lo establecido por la RG 4444/19 que establece que se deben actualizar por semestre calendario (enero y julio de cada año) tomando el Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC). El incremento del 1,136% surge de utilizar los indices de diciembre 2019 y junio 2020
dic-19 | 283,4442 |
ene-20 | 289,8299 |
feb-20 | 295,6660 |
mar-20 | 305,5515 |
abr-20 | 310,1243 |
may-20 | 314,9087 |
jun-20 | 321,9738 |
Coeficiente de actualización: 321,9738 / 283,4442 = 1,136
Así lo informa AFIP en su micrositio de facturación www.afip.gob.ar/facturacion/comprobantes/tipos.asp