A partir del 1 de enero de 2018 se implementó el Sistema para la Rúbrica Digital de la Documentación Laboral en CABA, para el Libro Especial de Sueldos y Jornales de la Ley 20744 (Art. 52), conforme el cronograma establecido en la RESOL-2017-2623-SSTYC, de acuerdo a la cantidad de empleados que posea el empleador en su nómina de personal, según se detalla a continuación:
- Para los empleadores que lleven libros en formato Microfichas o lleven libros en formato hojas móviles o libro manual, con nómina de personal de 20 o más trabajadores: Deberán comenzar a realizar las presentaciones digitales a partir del 1 de febrero de 2018, sin importar la cantidad de trabajadores que posean, siendo el primer libro obligatorio a presentar el correspondiente al periodo enero de 2018.
- Para los empleadores que lleven libros en formato hojas móviles o libro manual, con nómina de personal de 10 o más trabajadores: deberán adecuarse al sistema digital a partir del 1 de marzo de 2018, siendo el primer libro obligatorio a presentar el correspondiente al periodo febrero de 2018.
- Para aquellos empleadores que a la fecha de la implementación de la Ventanilla Digital posean saldos de hojas móviles, de acuerdo a lo que establecía la Disposición Nº 969/DGEMP/14 y Disposición Nº 636/DGEMP/17), ingresarán a la modalidad Digital en la medida que terminen con el uso de las hojas ya habilitadas. Dichos saldos solo podrán ser utilizados hasta el 31 de marzo de 2018. A partir del 1 de abril del año 2018, deberán cumplir con las presentaciones digitales, siendo el primer libro obligatorio a presentar en modalidad digital el que corresponda, de manera que exista correlatividad entre la presentación en ventanilla manual y en la ventanilla digital.
PASOS PARA LA RÚBRICA DIGITAL DE LA DOCUMENTACIÓN LABORAL EN CABA.
Para operar en el Sistema de Rúbrica Digital, el empleador deberá estar empadronado en el Registro de Empleadores. Dicha inscripción la realiza mediante el sistema TAD.
Una vez registrado, deberá ingresar a rubricadigital.buenosaires.gob.ar/, donde podrá subir la documentación laboral a rúbricar en formato PDF, con uso de firma digital (Ley 25506)”, a partir de un aplicativo que lo guiará a través de una serie de pasos.”
El gobierno de la Ciudad publicó a su vez un manual para poder realizar la Rúbrica Digital de la Documentación Laboral.
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Documentación obligatoria que se deberá adjuntar:
- Último formulario 931
- Constancia de AFIP
- Informe Precalificado
- Estatuto y/o Designación de autoridades
Durante el proceso de carga de la documentación, el sistema desplegará un ejecutable que será necesario para continuar el trámite.
A los fines del almacenamiento y/o guarda el empleador debe conservarlos en formato electrónico. Cada documento electrónico firmado digitalmente es válido en medios electrónicos, por lo que debe exhibirse en dicho formato.
Importante:
Asimismo, se requiere presentar en forma trimestral un informe emitido por Contador Público, legalizado vía Web en el Consejo de CABA en formato PDF, informe técnico que deberá contener: a) descripción del sistema a utilizar (recibos sueldos y libro de sueldos, si es software propio o de terceros); b) declarar la conversión de libro de sueldos a soporte digital (PDF), cumplimentado todos los requisitos establecidos en al art. 52 de la ley 20 744 y demás normativa sujeta a rúbrica; c) Fecha desde la cual se hace uso de este medio, siempre de aplicación futura para el primer pedido digital.
El aplicativo identifica en forma automática las presentaciones fuera de término y en esas condiciones se rubrica, más allá de las sanciones a las que pudiera dar lugar por parte de la Autoridad de Aplicación.
Por último, intente ingresar hoy al sistema y el mismo todavía no esta funcionando, volvemos a correr detrás de normativa compleja con plazos demasiado escuetos que ni siquiera los organismos que las emanan son capaces de cumplir en tiempo y forma…