La RG 4627 publicada la semana pasada introdujo varias modificaciones en el Régimen de Facturación.
Entre las más importantes podemos destacar:
✅ Nuevos requisitos para que AFIP habilite a factura “A”
✅ Cambios en los requisitos patrimoniales a para solicitar factura “A” por primera vez.
✅ Cuando AFIP habilitará Factura “M” o Factura “A” con leyenda “Operación Sujeta a Retención”.
✅Modificaciones en los Régimenes de Retención de IVA y Ganancias.
✅ Opciones de emisión de Factura “M” o Factura “A” con leyenda “Operación Sujeta a Retención”.
✅ Régimen de Información de Operaciones.
La norma es extensa y para simplificar su comprensión elabore un serie de cuadros sobre el tema y la gente de Forum Jurídico Fiscal lo convirtió en video que pueden ver desde el canal de Youtube, el link para verlo es www.youtube.com/RG 4627
En la descripción del video también encontrarán un link para descargar los cuadros con las modificaciones de la RG 4627 en formato pdf.
Esta es una nueva modalidad que estamosimplementando junto con la gente de Forum Jurídico Fiscal, espero que sea de utilidad y también espero todas las sugerencias que crean convenientes para ir mejorandolo.
Buenas tardes. Alguien sabe por cuanto tiempo se da la factura A sujeta a retencion
4 meses calendario cumpliendo con todas las presentaciones y regimenes de informacion y deberiuiuas pasar a “A”.. Yo llevo 4 y monedas y aun no me pasaron un contribuyente.. 🙁
Hola: Una Consulta, si dentro de los bienes a agregar me trae automáticamente un bien con valor “Cero”…. puedo cargarlo como “nuevo automotor” y colocar en importe la valuación que tiene en la póliza del seguro? . Al hacer clic en “agregar” no me permite modificar el cero y solo permite tildar si está prendado, embargado,etc. Alguien lo pudo solucionar? muchas gracias
Buenas tardes. Solo corresponde comprobante tipo de Factura. No se hace mencion a creditos o debitos del mismo tipo. Estamos necesitando obtener dicha informacion para configurar nuestro sistema. Alguien tiene idea de esto.
Buenos días Carla. Esta Resolución aplica sólo a los responsables que solicitan autorización por primera vez? Muchas gracias! Saludos.
Exacto.
Hola Carla b dia, que pasa si tengo una fac A con CBU de antes del 11/11 y la voy a pagar ahora despues del 11?
retengo o no?
Juan,
Interpreto qeu sí, la norma aclara lo siguiente:
De tratarse de la emisión de comprobantes con la leyenda “PAGO EN CBU INFORMADA”, emitidos por un Controlador Fiscal de “Nueva Tecnología” homologado con anterioridad al dictado de la presente, el contribuyente o responsable deberá cumplir con el régimen de retención establecido por esta resolución general e incorporar al mencionado comprobante la leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”.”.
La leyenda “PAGO EN CBU INFORMADA” para los comprobantes clase “A” que contenga toda norma, comprobante o aplicación, deberá considerarse o reemplazarse por la denominación “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”.
A mí me pasó. Te pasan a A sujeta a retención. Yo solicite A con cbu informado en octubre y me lo cambiaron
Buenas tardes, alguien intento hacerlo? Yo probé hace dos días con un contribuyente. El servicio de AFIP sigue procesando lo s datos para la autorización y en el distrito no saben que responderme. Conclusión, el contribuyente no puede facturar.
Saludos
Leonardo,
Si, parece que están todos igual, hoy subí nota sobre el tema.
Gracias Carla, no me siento solo.
Estoy igual. Me figura como pendiente. Ya probe desistir y volver a cargar la solicitud pero no puedo avanzar. Cargo los datos de los bienes para acreditar solvencia y luego en ningun lugar me da para confirmar y generar el Formulario 855. Pero me aparece la solicitud como pendiente . Hice reclamos varios, fui a la agencia y no me dan respuesta.
Leonardo vos pudiste solucionarlo
Cecilia me pasa lo mismos. Me informa como pendiente. Sabes q debo hacer??
Muy bueno el cuadro y el vídeo explicativo. Pero esta poco legible en especial los cuadros en color naranja!!
Tomo nota! La próxima menos color!!
Apreciaciones y críticas:
– me parece que están muy bien hechos los diagramas y que están bien agrupados
– sin embargo, algunos temas son demasiado amplios y las letras (no sé si por el tipo de letra o el tamaño) me aparecen con “fantasmitas” alrededor y son de difícil lectura (excepto el caso de lo que escribís en negrita, que se lee fácilmente, pero si ponés todo en negrita se pierde el efecto de resaltado de texto y posiblemente quepan menos palabras.
– relacionado con la legibilidad, la lectura completa sólo se logra si se detiene el video
– la mayor claridad, creo, se lograría con un pdf descargable
No quiero que parezca todo crítica: si bien las críticas son más numerosas, si uno se toma el tiempo y agudiza la vista se entiende todo. Es un muy buen resumen.
Diego,
Mil gracias, lo tomo como una crítica super constructiva.
Igualmente fijate que en el detalle del video hay un link para descargar en pdf que se ve mejor.
No había visto el link al pdf. En el pdf se lee con claridad (además de que se queda quieto jajaja).
En este caso, me parece que el logo tendría que ir en página aparte y no como transparencia (en el video aparece al costado, lo que le da visibilidad sin interferir en los cuadros, pero en formato pdf ponerlo al costado me parece que reduciría mucho el área de los cuadros).
Son impresiones personales, pero repito: el contenido está muy bien organizado y claro.
Saludos.
Gracias Diego de verdad este tipo de comentarios suman mucho para poder ir mejorando!