Nota presentada por la FAGCE ante la AFIP en relación a la RG 4289 publicada en el BO el día 3 del corriente mes, que estableció un régimen de facilidades de pago para obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2018.-
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Novedades sobre esto?
Hoy salió RG 4304 https://contadoresenred.com/regimen-de-facilidades-de-pago-rg-4289-modificaciones-rg-4304/
Y me parece,que mas grave aún, en el Plan Permanente de pagos RG 4268, pues sólamente han quedado incluida las categorizaciones Micro y Pequeñas empresas para confeccionar la cantidad de 6 planes de pagos y las medianas empresas para adelante, sólo pueden acceder hasta 3 planes de acuerdo al SYPER – Perfil de cumplimiento I. Este tema es de gravedad extrema, especialmente para las MEDIANAS EMPRESAS de poder realizar 4 planes en la por la RG 3827 hoy pasan a 2 ( de acuerdo al SIPER).-
Comparto totalmente la nota. Otro tema de no menor relevancia es el pago obligatorio de los intereses punitorios junto al anticipo del 5 o 10 % (en general 10% para estos contribuyentes por el Siper) Pensemos en un juicio de febrero de este año, llevaria unos 28 % de intereses punitorios, mas el 10% de anticipo, hay que pagar un anticipo para entrar de casi un 40 % de la deuda. La pregunta es dónde está el objetivo de facilitar el pago??? Saludos