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Régimen Simplificado de Ingresos Brutos CABA. Valores a partir de julio 2025

La AGIP actualiza, a partir del 1° de julio de 2025, los parámetros del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de CABA, en línea con las modificaciones del Monotributo nacional. Se fijan los siguientes valores:

Además, se aprueba una nueva escala de categorías y montos a ingresar. La medida responde a la actualización semestral prevista por la Ley Nacional 24.977 y la Ley Tarifaria porteña.

Categoría Desde Hasta Superficie (m²) Energía (KW) Cuota Bimestral ($)
A $ 0,00 $ 8.992.597,87 30 3.330 44.970
B $ 8.992.597,88 $ 13.175.201,52 45 5.000 65.880
C $ 13.175.201,53 $ 18.473.166,15 60 6.660 92.370
D $ 18.473.166,16 $ 22.934.610,05 85 10.000 114.680
E $ 22.934.610,06 $ 26.977.793,60 110 13.000 134.890
F $ 26.977.793,61 $ 33.809.379,57 150 16.500 169.050
G $ 33.809.379,58 $ 40.431.835,35 200 20.000 202.160
H $ 40.431.835,36 $ 61.344.853,64 200 20.000 306.730
I $ 61.344.853,65 $ 68.664.410,05 200 20.000 343.330
J $ 68.664.410,06 $ 78.632.948,76 200 20.000 393.170
K $ 78.632.948,77 $ 94.805.682,90 200 20.000 474.030


Régimen Simplificado de Ingresos Brutos CABA. Tabla agosto 2025 – RESOLUCIÓN N.º 320/AGIP/25

Buenos Aires, 30 de julio de 2025

VISTO:
El Capítulo XII del Título II del Código Fiscal (t.o. 2025), la Ley Tarifaria para el año 2025, la Ley Nacional N.º 24.977 y sus modificatorias, la Resolución N.º 284-AGIP/24 y el Expediente N.º 30.966.889/GCABA-DGANFA/25, y

CONSIDERANDO:
Que el Código Fiscal establece un Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para contribuyentes locales de CABA, reemplazando el régimen general;

Que el art. 291 del Código Fiscal faculta a AGIP a ajustar las bases imponibles;

Que el art. 29 de la Ley Tarifaria 2025 establece el ajuste de escalas, condiciones y parámetros cuando se actualicen los valores del Régimen Simplificado Nacional (Monotributo);

Que el art. 30 de la Ley Tarifaria permite ampliar categorías conforme al régimen nacional (Ley 24.977);

Que dicha Ley Nacional (Monotributo) establece la actualización semestral de escalas y parámetros según el IPC que informa el INDEC;

Que ARCA es el organismo encargado de publicar las nuevas escalas actualizadas;

Que, habiéndose configurado los supuestos legales, corresponde a AGIP realizar las actualizaciones pertinentes.

POR ELLO, EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE:

Art. 1°.– Fijar en $ 94.805.682,90 el importe del inciso a) del art. 290 del Código Fiscal vigente.
Art. 2°.– Fijar en $ 536.767,47 el importe del inciso c) del art. 290 del Código Fiscal vigente.
Art. 3°.– Establecer que los contribuyentes del Régimen Simplificado deberán tributar el impuesto conforme a la escala del Anexo I (IF-2025-31494712-GCABA-AGIP), que forma parte de esta resolución.
Art. 4°.– La resolución rige a partir del 1° de julio de 2025.
Art. 5°.– Publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese a las áreas pertinentes de AGIP y archívese.

Firmado: Krivocapich

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