fbpx

Reglamento del Programa Empleo Verde. Resolución 608/2023

0

Se precisa el alcance y se determina la modalidad de implementación del Programa Empleo Verde, en articulación con los planes, programas y líneas de acción en materia de promoción del empleo y formación profesional y se aprueba su Reglamento.

Resolución 608/2023

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARÍA DE EMPLEO

RESOL-2023-608-APN-SE#MT

Ciudad de Buenos Aires, 12/05/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-11944192- -APN-DGD#MT, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/1992) y sus modificatorias, la Ley Nacional de Empleo N° 24.013 y sus normas modificatorias, la Resolución N° RESOL-2023-82-APN-MT del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del 17 de febrero de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 23 septies, inciso 24, de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/1992) y sus modificatorias, establece entre las competencias del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la de elaborar políticas para la promoción de empleo verde como instrumento para la preservación y restauración del ambiente, la transformación de las economías y los mercados laborales y la generación de oportunidades de empleo decente basado en la sostenibilidad.

Que la Ley Nacional de Empleo N° 24.013, promueve mecanismos de coordinación interministerial para la elaboración de políticas de empleo y formación profesional y designa al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, como autoridad de aplicación de la ley.

Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL participa del Gabinete Nacional de Cambio Climático y de la Alianza para la Promoción del Empleo Verde (PAGE), en coordinación con organismos del Sistema de Naciones Unidas y los MINISTERIOS DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, y DE ECONOMÍA.

Que por la Resolución N° RESOL-2023-82-APN-MT del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, se creó el PROGRAMA EMPLEO VERDE, el cual tiene por objetivo impulsar el crecimiento del empleo verde, favorecer las actividades económicas más cuidadosas en el uso de los recursos naturales y el impacto ambiental y acompañar a las trabajadoras y los trabajadores y a las unidades productivas, en la transición hacia una sociedad más sustentable.

Que la transición justa presupone la existencia o puesta en marcha de marcos institucionales orientados a mejorar la gestión de los recursos y un conjunto de incentivos que la promuevan y la hagan efectiva.

Que el PROGRAMA EMPLEO VERDE, para que el proceso se enmarque en una transición justa, prevé que se deben observar los siguientes principios ordenadores: 1) promover la creación de empleos verdes y empresas sostenibles, 2) minimizar el impacto de la destrucción de empleos y 3) acompañar a las/los trabajadoras/res y a las empresas en este proceso.

Que el PROGRAMA EMPLEO VERDE posibilita un enfoque integral y transversal con el fin de ampliar, fortalecer, sistematizar y articular herramientas, iniciativas y políticas de promoción del empleo verde y transición justa y articular las acciones que viene llevando a cabo el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que por el Artículo 4° de la Resolución N° RESOL-2023-82-APN-MT del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, se estableció que el PROGRAMA EMPLEO VERDE se orientará a trabajadoras y trabajadores asalariadas/os, independientes o de unidades productivas autogestionadas de manera individual o asociativa, y a trabajadoras y trabajadores en situación de desocupación que deban readaptar sus competencias, y promoverá la participación de empresas, con priorización de las micro, pequeñas y medianas, que lleven adelante procesos productivos ambientalmente sustentables, así como también de organizaciones de la sociedad civil y organismos públicos nacionales, provinciales y municipales que desarrollen acciones para el abordaje de la problemática ambiental y la SECRETARÍA DE EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, establecerá los criterios de identificación.

Que, asimismo, el PROGRAMA EMPLEO VERDE buscará articular y coordinar acciones con otros programas implementados o a implementarse en el ámbito del PODER EJECUTIVO NACIONAL orientados a promover actividades económicas ambientalmente sustentables.

Que por el Artículo 5° de la Resolución N° RESOL-2023-82-APN-MT del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, se estableció que el PROGRAMA EMPLEO VERDE se implementará: 1) en forma transversal, articulada e integrada con otros planes, programas y acciones de empleo y formación profesional implementados por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, los cuales podrán ser adecuados en cuanto a sus requisitos de accesibilidad, características, prestaciones e incentivos desde la perspectiva ambiental; 2) con la participación y colaboración de todas las unidades organizativas del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL que desarrollen acciones coincidentes con los objetivos del Programa; 3) sobre la base del diálogo social con la participación de actores del mundo del trabajo y la producción, a los fines de fomentar una estrategia integral y transversal de promoción del empleo verde, y 4) en forma articulada con otros planes, programas o acciones de perspectiva ambiental a cargo de otros organismos públicos nacionales o de otros organismos provinciales o municipales u organizaciones de la sociedad civil.

Que por el Artículo 7° de la Resolución N° RESOL-2023-82-APN-MT del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, se estableció que la SECRETARÍA DE EMPLEO es la Autoridad de Aplicación del PROGRAMA EMPLEO VERDE y está facultada para dictar las normas reglamentarias, complementarias y de aplicación, y para suscribir los convenios que resulten necesarios para su implementación.

Que a fin de dar operatividad y ejecutividad al PROGRAMA EMPLEO VERDE, precisar su alcance y determinar su modalidad de implementación en articulación con los planes, programas y líneas de acción en materia de promoción del empleo y formación profesional ejecutados en el ámbito de este Ministerio, deviene necesario aprobar su Reglamento.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° de la Resolución N° RESOL-2023-82-APN-MT del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPLEO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Reglamento del PROGRAMA EMPLEO VERDE, que como ANEXO I N° IF-2023-51054997-APN-SSPE#MT forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Facúltase a la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO y a la SUBSECRETARÍA DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y CAPACITACIÓN PERMANENTE, ambas dependientes de la SECRETARÍA DE EMPLEO, en el marco de sus respectivas competencias, a aprobar los instrumentos operativos e instructivos necesarios para la implementación del PROGRAMA EMPLEO VERDE.

La modificación o adaptación de los instrumentos operativos de los planes, programas o líneas de acción de promoción del empleo o formación profesional administrados por la SECRETARÍA DE EMPLEO, a través de los cuales se implemente el PROGRAMA EMPLEO VERDE, se realizará de conformidad con las previsiones de sus marcos normativos específicos.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Leonardo Julio Di Pietro Paolo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 15/05/2023 N° 34939/23 v. 15/05/2023

Fecha de publicación 15/05/2023

No comments