Por única vez (bueno, en realidad no es la primera vez que pasa), se prorroga hasta el 30 de abril inclusive, el período para la carga de información requerida por el “Registro de Empleadores Online”, correspondiente al ejercicio fiscal 2018.
RESOL – 2019- 512- GCABA-SSTIYC.
Referencia: EE 2019-10004933-GCABA-SSTIYC s/ Prorroga “Registro de Empleadores On line”.
VISTO: Las Leyes Nº 265, Nº 5.460 (texto consolidado por Ley Nº 6.017), Nº 5.960, el Decreto Nº 363/GCABA/15 y sus modificatorios y el Nº 625/GCBA/09; la Resolución Nº 1894/SSTIYC/17 y,
CONSIDERANDO:
Que por Ley Nº 265 (texto consolidado por la Ley Nº 6.017), se establecen las competencias de la Autoridad Administrativa de Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre las cuales se encuentra la de llevar un registro de empleadores;
Que por la Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley Nº 6.017), se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y por Ley Nº 5.960 se sustituye el artículo 2º del Título II contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al de Gobierno;
Que mediante el Decreto N° 363/GCABA/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General, encontrándose la Subsecretaria de Trabajo, Industria y Comercio bajo la órbita del citado Ministerio;
Que por el mencionado Decreto, se estableció entre las responsabilidades primarias de la citada Subsecretaría la de “diseñar, establecer e implementar políticas, planes, programas y proyectos inherentes al poder de policía, registros, rúbricas, relaciones y condiciones de trabajo y de empleo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el Decreto N° 625/GCBA/09 se creó el “Registro de Empleadores On line“ de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose que el período para que los empleadores con domicilio legal o establecimientos localizados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires den cumplimiento con la carga de información solicitada por el Registro, será entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año calendario;
Que por Resolución Nº 1894/SSTIYC/2017 se estableció el reempadronamiento en el “Registro de empleadores On Line” para todos los empleadores con domicilio legal o establecimientos localizados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante un cronograma determinado por la cantidad de trabajadores que emplea cada empleador;
Que atento a encontrarse próximo el vencimiento del plazo establecido mediante el Decreto Nº 625/GCBA/09, se ha observado una excesiva demanda en el ingreso al “Sistema de Tramites a Distancia” (TAD) provocando una saturación del mismo;
Que como consecuencia de lo expuesto, y a fin de que los empleadores den cumplimiento con la carga de información solicitada por el Registro correspondiente al ejercicio fiscal 2018, resulta necesario prorrogar el plazo estipulado en el artículo 2 del Decreto Nº 625/GCBA/09, hasta el 30 de abril de 2019, inclusive.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL SUBSECRETARIO DE TRABAJO, INDUSTRIA Y COMERCIO RESUELVE
Artículo 1º.- Prorróguese por única vez el plazo estipulado en el artículo 2 del Decreto Nº 625/GCBA/09 para la carga de contenido de la información requerida por el “Registro de Empleadores On line” correspondiente al ejercicio fiscal 2018, hasta el 30 de abril de 2019, inclusive.
Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General de Empleo. Cumplido, archívese. Jarvis.-