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Registro de Empleadores CABA 2025.

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El 31 de marzo vence el plazo para realizar el Registro de Empleadores Online de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Resolución 1894/SSTIYC/17) creado para satisfacer los requerimientos legales de la Ley  265.

Todo empleador deberá contar con la Inscripción en el Registro de Empleadores de la CABA (Decreto 625/09) y mantener actualizados sus datos.

El registro de empleadores cuenta con 2 tramites disponibles:

-Inscripción registro de empleadores:
Es un trámite que se realiza por única vez al momento de hacer la inscripción al registro (si la empresa se encuentra inscripta antes del año 2017 debe tramitar esta inscripción), hecho entre el año 2017 a la actualidad no debe volver a hacerse.

-Actualización, Rectificación y/o Modificación de datos Registro de Empleadores:
Es el trámite que debe hacerse para dar cumplimiento a la actualización anual requerida por el registro, o modificar datos incorrectos que estén arrojando inconsistencias en la plataforma de Rubrica Digital y en consecuencia las mismas sean rechazadas.


La información a declarar en el registro debe ser siempre a Diciembre de año vencido.


¿Cuáles son los requisitos?


Documentación obligatoria

  • Registro de empleadores (completar el formulario)
  • Último formulario 931 ARCA
  • Constancia de inscripción en ARCA

Documentación opcional

  • Persona jurídica: estatuto o acta de designación
  • Otra documentación (en caso de tener que aportar información o documentación adicional para completar el trámite)

Pasos para realizar el trámite

Ingresá al Sistema de Trámites a Distancia (TAD)

Accedé al Sistema de Tramitación a Distancia (TAD) con tu usuario y contraseña miBA. Hace clic en “Iniciar trámite”.

Generá tu expediente

Seguí las indicaciones de la plataforma y cargá la información solicitada para iniciar tu trámite.

Recibí la notificación

Una vez que el área haya revisado la documentación cargada recibirás la constancia de actualización dentro de la plataforma TAD en la sección “Notificaciones”.


Más información

Al momento de realizar el trámite, los administradores de consorcios, estudios contables y gestores deben estar registrados como apoderados en el sistema, asegurándose de que figure el CUIT del empleador. De lo contrario, no se completará su inscripción.


Recordá que si te desuscribiste de los mails del Gobierno de la Ciudad, no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.


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