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Registro de Domicilio de explotación RDE. Respuestas Subdirección General Sistematización de la Recaudación

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Respuestas – Registro de Domicilio de explotación RDE

Por medio del presente documento, se intentará brindar las respuestas correspondientes a las diferentes inquietudes sobre los diferentes escenarios que abarca el aplicativo “Registro de domicilio de Explotación RDE” Registro de Domicilio de Explotación

1- ¿Cómo debe proceder un contribuyente cuya actividad no requiere habilitación de establecimiento,  por ejemplo: taxis, fletes, trabajo en el domicilio particular?

Luego de ingresar al portal de Clave ciudad y seleccionar el servicio “Registro de domicilio de explotación”.
a. El contribuyente cuenta con un botón para iniciar la registración.
b. Una vez ingresado en la pantalla de carga correspondiente, seleccionara la opción “Sin domicilio de explotación en CABA”.
c. Esta Opción modificara automáticamente el formulario de carga, brindado como opción alternativa la carga del domicilio Fiscal o del Domicilio Comercial, permitiendo al contribuyente cargar el que considere conveniente.
d. El formulario bloqueara automáticamente los campos que ya no son requeridos, por ej: Partida, Superficie Afectada, Nº de habilitación AGC, Titulares, Fecha de inicio, Fecha de cese.
e. Permanecerán habilitados los campos que se deberán completar: (ej: Actividad, Teléfono y Condición frente a ISIB).
f. Luego de completar la carga de datos, el contribuyente seleccionara la opción guardar, Finalizando el trámite de registración.

2- ¿Cómo debe informar el domicilio de explotación un profesional de la salud que no tiene consultorio propio, pero presta servicio en varias clínicas o sanatorios?

Al igual que en el escenario anterior luego de ingresar al portal de Clave ciudad y seleccionar el servicio “Registro de domicilio de explotación”.
a. El contribuyente cuenta con un botón para iniciar la registración.
b. Una vez ingresado en la pantalla de carga correspondiente, seleccionara la opción “Sin domicilio de explotación en CABA”.
c. Esta Opción modificara automáticamente el formulario de carga, brindado como opción alternativa la carga del domicilio Fiscal o del Domicilio Comercial, permitiendo al contribuyente cargar el que considere conveniente.
d. El formulario bloqueara automáticamente los campos que ya no son requeridos, por ej: Partida, Superficie Afectada, Nº de habilitación AGC, Titulares, Fecha de inicio, Fecha de cese.
e. permanecerán habilitados los campos que se deberán completar: (ej: Actividad, Teléfono y Condición frente a ISIB).
f. Luego de completar la carga de datos, el contribuyente seleccionara la opción guardar, Finalizando el trámite de registración

Es necesario resaltar que será obligación de los Contribuyentes responsables de las clínicas o sanatorios, completar también el registro de domicilio de explotación, por la Actividad / Servicio que ejercen en dichos establecimientos

3- ¿Cómo debe informar el domicilio de explotación un locador de varios inmuebles ubicados en CABA?

En necesario aclarar que el registro de domicilio de explotación es exigible para los contribuyentes que ejercen o desarrollan, total o parcialmente, su actividad económica en el domicilio a registrar.
Por lo cual el locador solo deberá declarar los domicilios de los inmuebles donde desarrolla su actividad económica. Mientras que será obligación de los locatarios completar también el registro, detallando el carácter de ocupación del mismos.
Luego de ingresar al portal de Clave ciudad y seleccionar la opción “Registro de domicilio de explotación.
a. El contribuyente cuenta con un botón de Carga Masiva.
b. En la pantalla correspondiente se le detallara que datos debe brindar para realizar la carga masiva y un ejemplo de los dos tipos de archivo soportados para realizar dicha acción.
c. Al cargar el archivo con la información correspondiente, el sistema validará que los datos respeten el formato correcto y que los registros no presenten errores, el usuario visualizará el listado de domicilios a registrar y finalizar la registración con el botón guardar.
d. En caso que el sistema detecte errores en la carga masiva, evidenciara los mismos para el contribuyente pueda corregirlos y volver a iniciar la registración.
El Contribuyente también puede realizar la carga manual de cada uno de los inmuebles, si así lo desea, siempre y cuando sea quien desarrolla la actividad económica en ellos.
Es necesario resaltar también que el sistema valida la partida de cada domicilio, por lo tanto, cada contribuyente que no sea titular del inmueble, no podrá registrarse como tal, pero si podrá indicar otros caracteres de titularidad como inquilino, usufructuario, etc.

4- ¿Cómo debe informar el domicilio de explotación un locador de varios inmuebles ubicados en CABA y GBA?

Solo se deberán registrar los domicilios de explotación en CABA, por el proceso aclarado anteriormente, en caso que el contribuyente no posea el domicilio de explotación, se le permitirá registrar su domicilio fiscal o comercial según lo considere conveniente.

5- ¿Cómo se informa un domicilio de explotación con habilitación en trámite?

El campo “Habilitación ACG” no es de carácter obligatorio, por lo cual el contribuyente puede realizar la carga de domicilio de Explotación, sin la necesidad de completar el campo “Habilitación ACG”.
Así mismo el registro puede ser rectificado, por lo cual, El contribuyente podrá cargar el número de habilitación cuando finalice el trámite correspondiente, y tenga el número de habilitación final.

Aplicación Web

1- Una empresa que alquila una oficina en la Ciudad de Buenos Aires, al ingresar al “Registro de Domicilios de Explotación” y seleccionar la opción “No Aplica” el sistema invalida la carga. ¿Cuál es el alcance de la opción: “No aplica (Actividad sin establecimiento propio)”?
a) La actividad no se desarrolla en ningún establecimiento
b) La actividad se desarrolla en un establecimiento alquilado.

A diferencia de la versión inicial del sistema, la opción “No aplica (Actividad sin establecimiento propio)”, fue reemplazada por “Sin domicilio de explotación en CABA”, con el objetivo de alcanzar a aquellos contribuyentes que “SI” desarrollan una actividad en CABA, pero no poseen un domicilio de explotación.

En cambio, para los contribuyentes que desarrollan una actividad y la misma se desarrolla en el denominado “domicilio de explotación”, deberán declarar el mismo y completar también el carácter de ocupación (dominio, locación, comodato, usufructo, concesión, uso o tenencia precaria, etc.). Cabe resaltar, que el carácter frente a la
propiedad es indistinto, ya que las personas tanto físicas como jurídicas deben completar el Registro de Domicilios de Explotación aun siendo inquilinos del inmueble.

2- En el caso de los profesionales que se encuentran exentos de pleno derecho, al intentar declarar el domicilio de explotación la aplicación muestra el siguiente mensaje: “Sr. Contribuyente, de los registros obrantes en nuestra base de datos, surge que Ud. no se encuentra inscripto en el Impuesto a los Ingresos Brutos y por ende no es factible de obtener el presente beneficio”.

En base a esta necesidad, se incorporó en la versión actual del sistema, el campo “Condición frente a ISIB” y entre las opciones pre-establecidas de selección, se encurta el valor: Exento de Pleno Derecho – no inscripto”.
También actualmente se permite la registración de contribuyentes que no estén inscriptos en Ingresos Brutos si bien el registro de domicilio de explotación, no es necesario para los contribuyentes bajo esta clasificación, puede darse la situación que algunos contribuyentes se registren igual. Es por esto que se incorporaron estas opciones

3- Una Asociación que posee exención general, al ingresar al sistema “Registro de Domicilios de Explotación” (RDE) el servicio web le impide realizar la carga porque arroja el siguiente error “No puede adherir al beneficio”.

En la primera versión del sistema, el mismo no permitía el acceso a aquellos contribuyentes que no estuvieran inscriptos en ISIB.
El sistema en las versiones actuales, permite el ingreso a todos los contribuyentes, contemplando los diferentes escenarios que pudieran darse en base a la situación de cada contribuyente que ingrese para registrar el domicilio de Explotación.

Fuente: www.consejo.org.ar/storage/attachments/Respuestas%20-%20RDE.pdf-22rOFuEjEb.pdf

5 comments

  1. Caro 13 mayo, 2021 at 17:24 Responder

    Estoy cansada de trabajargratis de “data entry” para que algunos empleados públicos justifiquen los sueldos que cobran por no hacer nada. Que me devuelvan las horas de mi vida que me paso al p….. con estas pavadas. !!! Crucen los datos que ya tienen genios.

  2. MARCELA 11 mayo, 2021 at 12:43 Responder

    Buen dia alguien encontrò el boton de carga masiva de inmuebles, en caso de locacion de varios inmuebles, porque yo no lo veo, muchas gracias, saludos.

  3. Elvira Maggiolo 11 mayo, 2021 at 11:17 Responder

    Estimada Dra Carla: un condominio que tiene dos condominos y alquilan un inmueble en CABA y pagan iib en cabeza de cada condomino… como deberian registrar ese inmueble alquilado?
    Un abogado que tiene 8 propiedades alquiladas en CABA pero ejerce su profesion en su domicilio particular, debe registrar esas 8 propiedades alquiladas?
    Los contribuyentes que realizan venta x internet desde su domicilio…. deben registrar su domicilio de explotacion si residen en CABA?
    Se me presentan estas dudas y no entiendo bien si deben o no registrar el RDE “sin domicilio de explotacion”
    Una peluquera que alquila un local y tiene habilitacion debe registrar su domicilio pero si el local fuera propio debera registrarlo y colocar el numero de partida y el numero de habiligacion? Estoy Suscripta con ustedes. Mi nombre es Elvira Maggiolo.

  4. Valeria 11 mayo, 2021 at 09:48 Responder

    Hola! Del punto que aclara para los profesionales exentos de pleno derecho, no inscriptos en el padron opcional de autodeclarados exentos, entienden que no es obligatorio declara el domicilio de explotación? , o habla de los no inscriptos? El exento dr pleno derecho es no inscripto tambien, no? Gracias.

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