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REGIMEN SIMPLIFICADO DE GANANCIAS PERSONAS FISICAS YA ESTA DISPONIBLE.

AFIP informa en su pagina Web que ya esta disponible el servicio para confeccionar la Declaración Jurada de Ganancias Personas Físicas para el período 2015.

¿Quiénes se encuentran obligados a presentar las declaraciones juradas?

Impuesto a las Ganancias

– Los jubilados, pensionados y empleados en relación de dependencia que perciban ingresos brutos anuales iguales o superiores a $ 300.000. (DJ informativa)

– Los actores que perciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores y que hubieran percibido ingresos brutos anuales iguales o superiores a $ 144.000. (DJ informativa)

Impuesto sobre los Bienes Personales

– Los empleados, jubilados y pensionados cuyas remuneraciones percibidas en tal carácter resulten iguales o superiores a $200.000. (DJ informativa)

– Los actores que perciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores y que hubieran percibido ingresos brutos anuales o superiores a $ 200.000. (DJ  informativa)

También podrán utilizarlo:

– Los socios de las sociedades cooperativas, que trabajen personalmente en la explotación, por los servicios prestados (incluyendo el retorno percibido).

– Quienes conjuntamente con los ingresos indicados precedentemente obtengan, otras rentas por las cuales sea Monotributista o resulten exentas, no alcanzadas o no computables en el impuesto a las ganancias.

Vencimiento: 30/6/2016

Fuente: http://www.afip.gob.ar/gananciasybienes/

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