La obligación de cumplir con el Régimen Informativo que prevé el artículo 59 de la RG 4816/20 comprende a todos los contribuyentes que soliciten la adhesión a la moratoria ampliada establecida por la Ley 27.562.
Este Régimen de información deberá completarse también respecto de sus socios o accionistas que posean al menos una participación no menor al 30% del capital social y/o similar.
El plazo para presentar el Régimen informativo había vencido el 15 de enero de 2021, pero muchos contribuyentes no habían cumplido a esa fecha con la obligación, por lo cual AFIP reabrió el servicio para que aquellos que todavía no hayan presentado la información puedan hacerlo.