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Régimen de Información Moratoria Ley 27562 Ya está disponible

Ya está disponible el servicio para presentar el “Régimen de información de la Ley 27562”.

Recordemos que los sujetos que adhieran al régimen  demoratoria ampliada Ley 27562 deberán informar, con carácter de declaración jurada, los socios, accionistas y/o similares, titulares de por lo menos el 30% del capital social y/o similar, al 26/08/2020, a través del servicio “Régimen de Información – Ley N° 27.562”.

Adicionalmente, los sujetos alcanzados por el requisito de repatriación deberán informar con carácter de declaración jurada, el monto total de los activos financieros situados en el exterior que posean al 26/08/2020, según el Art. 59 de la RG 4816/20.

Deberá seguidamente informarse los datos de los socios u accionistas:

Una vez cargados los datos, en los casos en los que se haya indicado que no tiene activos financieros en el exterior, el sistema permitirá presentar la Declaración Jurada Informativa Ley 27562.

 

Constancia de Presentación del Régimen de Información Ley 27562

 

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