Los contribuyentes y responsables que soliciten planes de facilidades de pago por la RG (AFIP) 3756, deberán adherir al domicilio fiscal electrónico conforme a los procedimientos dispuestos por la RG 2109 y sus modificatorias.
A los efectos de la determinación de la cantidad de empleados registrados en la DJ F. 931 de los meses que se trate, ya sea para verificar las condiciones de adhesión al plan así como también las causales de caducidad, no serán consideradas las modalidades de contratación informadas en el citado formulario relacionadas con convenios de corresponsabilidad gremial ni las que se enumeran a continuación:
12 – Trabajo eventual
21 – A tiempo parcial determinado (contrato a plazo fijo)
22 – A tiempo completo determinado (contrato a plazo fijo)
24 – Personal de la construcción ley 22250
44 – Changa solidaria CCT 62/1975
45 – Personal no permanente hoteles CCT 362/2003, artículo 68 inciso b)
111 – Trabajo temporario ley 26727
114 – Trabajo temporario con reducción ley 26727
No se considerará causal de caducidad, la disminución de la cantidad de empleados declarados respecto de los consignados en el período fiscal diciembre de 2014, siempre que la cantidad de empleados registrados en la declaración jurada F. 931 vencida en el mes inmediato anterior al momento en que se realice el proceso de verificación de caducidad no disminuya respecto de la cantidad declarada en el mismo período del año 2014.
A efectos de considerar la fecha de los incumplimientos de las obligaciones de presentación de declaración jurada y pago, se computará la fecha de interposición de la demanda de ejecución judicial.