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REGIMEN DE ACTUALIZACION DE AUTORIDADES SOCIETARIAS Y REGIMEN DE REGISTRACION DE OPERACIONES ¿QUE INFORMACION SE PRESENTA? PAPEL DE TRABAJO EN EXCEL. RG (AFIP) 3293

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A través de la RG (AFIP) 3293 se crearon 2 nuevos regimenes de información denominados “Registración de Transferencias de Participaciones Societarias” y “Actualización Autoridades Societarias”, previstos en los Títulos II y III de la misma.

¿Quiénes deben informar el Regimen de Registracion de Operaciones?
La registración deberá ser efectuada, en forma concurrente por:

a) Vendedores o cedentes
b) Adquirentes o cesionarios
c) Sujetos comprendidos en los incisos a) y b) del artículo 49 y las asociaciones civiles no comprendidas en el punto 3. del inciso a) del artículo 69, ambos de la Ley de Impuesto a las Ganancias, con excepción de aquellos enunciados en el Anexo I de la RG 3293/12 y de los fondos comunes de inversión.

d) Escribanos de Registro, cuando las transacciones se hubieren realizado mediante instrumento público
¿Quiénes deben informar el Regimen de Actualización de Autoridades Societarias?
Se encuentran obligados a este régimen de información los siguientes sujetos:

a) Los sujetos comprendidos en los incisos a) y b) del artículo 49 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
b) Las asociaciones civiles y fundaciones no comprendidas en el punto 3. del inciso a) del artículo 69 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
c) Los fondos comunes de inversión no comprendidos en el punto 7. del inciso a) del artículo 69 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
Se encuentran exceptuados aquellos sujetos enunciados en el Anexo I de la RG 3293/12

¿Qué información pide el Regimen de Registracion de Operaciones y el Regimen de Actualización de Autoridades?

El siguiente es un cuadro en el cual se detalla la información requerida por ambos regimenes para cada una de las partes involucradas. El mismo lo pueden bajar en formato Excel para utilizar como papel de trabajo desde ACA.

4 comments

  1. CARO 12 julio, 2013 at 20:08 Responder

    HOla cuando ingreso la actualización de un liquidador… no hay entre las opciones enumerados ni lo sliquidadores ni los representantes legales ( autoridades de las sucursales de empresas extranjeras)… ingresar en su reemplazo a un “Administrador” sería correcto ??

    Otro; El sistema me indica que la fecha de inicio / cese son invalidos, solo me permite ingresar las designaciones del 2012. Y LO QUE NO PUEDO EVITAR es que me obliga a ponerles una fecha de cese…. por qué si aún se encuentan en el ejercico de su función debo darles una fecha de cese ??
    Saludos y gracias

  2. Carla 25 septiembre, 2012 at 14:30 Responder

    Hime,
    Cuando entres al “Administrador de relaciones” utiliza la opcion “Nueva Relacion” en vez de “Adherir Servicio”, a mi me pasaba lo mismo, pero asi pude.
    Yo interpreto que si las autoridades no se modifican no habria nada que informar.

  3. Hime 25 septiembre, 2012 at 14:07 Responder

    Hola Carla, te hago una consulta. Yo estoy tratando de adherir el servicio a la clave de la empresa que tiene que hacer una actualización de autoridades, pero me salta el error que LA PERSONA NO SE ENCUENTRA HABILITADA PARA OPERAR CON EL SERVICIO. Sabés porqué puede ser?.

    En la resolución dice que hay que informar en caso que se produzca modificación de lo informado oportunamente al Organismo, o que haya una inscripción en caso que inicien actividades

    Si la autoridad sigue siendo la misma, entiendo entonces que no debería realizar nada, no?.

    Muchas gracias

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