Los empleadores que presenten DJ rectificativas de aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social, mediante las cuales se reduzcan los montos de dichas obligaciones, resultando como consecuencia un saldo a favor del empleador, deberán observar lo siguiente:
LEY 26940 ¿QUE SUCEDE SI UN MICROEMPLEADOR QUE YA POSEE EL BENEFICIO DEL CAPITULO I DESPIDE A UNO O MAS EMPLEADOS? INTERPRETACION ERRONEA. RECALCULANDO…
Hoy un lector del blog me hizo llegar un enlace al ABC de preguntas frecuentes de AFIP, en la misma se consultaba: ID 18882787 Si ...

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