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¿COMO REALIZAR EL REEMPADRONAMIENTO EN EL NOMENCLADOR DE ACTIVIDADES EN ARBA Y EN CONVENIO MULTILATERAL?

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La adopción del nuevo nomenclador de actividades NAES, generó varias consultas sobre como se debe realizar el reempadronamiento en el nomenclador de actividades dependiendo el tipo de contribuyente cambiará la forma de realizar el mismo.

EN ARBA

Mediante las RN 38/17 y 39/17 ARBA aprobó el uso del nomenclador “NAES – Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación” . El mismo entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2018, por lo cual hay tiempo hasta el 31 de diciembre de 2017 para realizar el reempadronamiento.

¿Cómo realizar el reempadronamiento en el Nomenclador de actividades en ARBA?

  1. Ingresar a la página de ARBA con CUIT y Clave CIT, pueden hacer desde este linkseleccionando la opción Trámite de reempadronamiento de actividades.
  2. Al ingresar pueden ocurrir 2 situaciones:

– Que la actividad haya sido reempadronada de oficio (mostrará un pequeño asterisco al lado del código de actividad reempadronado): En estos casos  no hay que hacer nada.

– Que la actividad deba reempadronarse: para lo cual se debe hacer clic en la lupa que aparece en la columna que dice “Equivalencia NAIIB 18”, al hacerlo se desplegará un listado con varias opciones para seleccionar.

  1. Una vez seleccionada la actividad equivalente se debe confirmar las mismas.
  2. El sistema emite “Constancia Presentación de DDJJ Trámites” (no la emite si el reempadronamiento fue de oficio).

 

EN CONVENIO MULTILATERAL

Mediante RG 7/17 y RG 12/17 la COMARB aprobó el nuevo Nomenclador NAES y mediante RG 13/17 se estableció que  la conversión de los códigos de actividades de los contribuyentes de Convenio Multilateral se realizará mediante el siguiente procedimiento:

  1. a) Durante el mes de diciembre del año 2017, la COMARB realizará de oficio la conversión automática de actividades de todos los contribuyentes, determinando la equivalencia con los códigos del nomenclador NAES.

La nueva codificación de sus actividades será informada a través del sistema Padrón Web.

  1. b) Los contribuyentes podrán realizar los trámites para producir las altas o bajas de sus actividades, en los casos que estimen corresponder, con los mismos tipos de trámites vigentes actualmente para tales efectos.
  2. c) En el caso de contribuyentes que con posterioridad a las acciones de los incisos precedentes hayan realizado trámites de Inscripción, Reinscripción o Alta de Actividad utilizando un código CUACM (al hacerlo en fechas donde aún tiene vigencia el citado nomenclador), deberán con posterioridad a la confirmación de los citados trámites, realizar las correspondientes altas de actividades con el nomenclador NAES, para poder operar con ellas a partir de 2018.

 

La conversión de los códigos de actividades realizada por la Comisión Arbitral se considerará válida si el contribuyente no hubiese presentado, antes del vencimiento del primer anticipo del período fiscal 2018, el trámite de modificación previsto en el punto b), con idéntica vigencia a la prevista en la conversión.

38 comments

  1. maria 7 noviembre, 2018 at 12:11 Responder

    Hola a mi me aparece “su cuit se encuentra reempadronada segun R.N 39/2017” y no me deja hacer el reempadronamiento que me piden en arba, saben cómo tengo que hacer?

  2. Gisela 11 septiembre, 2018 at 11:41 Responder

    Hola, en CM si aparecen 4 actividades nuevas siendo correctas 2 de ellas, debo realizar la baja de esas actividades? con que fecha? si las doy de baja retroactivamente tengo algun problema?

  3. Carolina 9 abril, 2018 at 10:37 Responder

    Hola! tengo la siguiente consulta: debo cargar en la web de ARBA – DDJJ WEB declaraciones viejas desde 2013, y cuando lo hago va todo bien hasta el momento de cargar la actividad (en Carga de DDJJ), allí me suceden dos cosas: si cargo el código del nomenclador anterior que sería 751100 me dice que no está vigente para ese período, ahora cuando cargo la equivalencia nueva que es: 841100 (yo fui reempadronada correctamente de oficio a servicios generales de la administración pública), me dice que el código naiibb no existe (como puede suceder esto???). Me podrán ayudar a solucionarlo? preciso cargar esto lo antes posible, para financiar la deuda y no seguir acumulando deuda mes a mes ni multas. Gracias!!!

  4. Carmen 26 marzo, 2018 at 17:47 Responder

    Buenas tardes, necesito dar de baja el Convenio Multilateral en el que me inscribieron en el año 92, nunca se presentó nada ya que el comiénzo de mis actividades se demoró y cambié de planes, se suponia que el contador me habia dado de baja, pero hoy me entero que no fué asi!…habrá alguna forma que me pueda dar de baja yo misma sin que tenga que recurrir a un contador?…no lo puedo pagar, estoy jubilada con la minima, por ese motivo quise tramitar para quedar excenta del ABL y no lo pude hacer por que primero tengo que cerrar este tema…ojalá puedan ayudarme!…gracias!…

  5. Cecilia 9 marzo, 2018 at 19:37 Responder

    Buenas tardes.
    Estoy intentando dar de alta a un cliente en IIBB, y cuando aplico la actividad, que es Educacion, no me deja confirmar.
    Me salta esta leyenda:
    * actividades reempadronadas de oficio
    En este caso la puedo inscribir en otra actividad y despues modificar?

  6. Pamela 20 febrero, 2018 at 12:05 Responder

    Buenos días:

    Cuando hice el reempadronamiento de actividades, di de baja algunas que las trajo de oficio y estaban mal, y en vez de ponerle la fecha de baja igual que la de inicio que me traia el sistema, le puse 31/12/2017, esto me puede traer algún problema, ya que ahora no puedo hacer la modificación porque las mismas fueron dadas de baja.

    Muchas gracias!

    • Carla Lombardi 21 febrero, 2018 at 09:11 Responder

      Yo creo que no va a traer ningún problema, tampoco establece la norma con que fecha dar de bajas esas actividades, así que el uso de la fecha 31/12/2017 no me parece incorrecto. Yo preferí utilizar fecha de inicio, pero eso no implica que mi decisión sea la correcta.

  7. Andrea 19 febrero, 2018 at 21:39 Responder

    Hola!
    En el caso que ARBA haya reempadronado automaticamente a un contribuyente, y dicha actividad no concuerde especificamente con la desarrollada, siendo otra la que concuerda mejor luego del desglose que ARBA ha realizado, me podrian decir como realizar el cambio? ya que al ser reempadronado automaticamente no permite modificación.
    Gracias, Saludos.

  8. Anahi 15 febrero, 2018 at 17:01 Responder

    Buenas tardes, tengo una consulta con respecto a las alicuotas correspondientes al nomenclador NAES, las alicuotas a aplicar son para todos los contribuyentes iguales? ya no hay diferencia por pertenecer a otra jurisdiccion? Pcia de Santa fe en mi caso.
    Muchas gracias.

  9. Beatriz Peroni 2 febrero, 2018 at 17:19 Responder

    Hola, en CM si aparecen 4 actividades nuevas siendo correcta 2 de ellas, qué se hace con las 2 que sobran? Se dejan o hay que darlas de baja. Cómo se dan de baja? Gracias

  10. María 1 febrero, 2018 at 15:55 Responder

    Buenas tardes! tengo un contribuyente que desarrolla servicios administrativos en 2 jurisdicciones, por lo que está inscripto en Convenio Multilateral, Regimen General, ahora en una de esas jurisdicciones, va a empezar a alquilar una dpto, mi consulta es: los ingresos provenientes del alquiler solo deberían pagar en Provincia o les debo aplicar el coeficiente unificado? Desde ya muchas gracias

  11. Daniela 30 enero, 2018 at 16:27 Responder

    Consulta los contribuyentes que tributan a traves de Convenio Multilateral ¿Tienen que reempadronarse o se hizo de oficio a traves de Padron Web?

  12. Celeste 18 enero, 2018 at 17:05 Responder

    Buenas tardes. Tengo que presentar DDJJ mensuales del período 2017 y como las actividades fueron reempadronadas de oficio no me trae, en el SIFERE WEB, los códigos viejos por lo tanto no puedo cargar base imponible a esas actividades. Ni siquiera me aparecen las actividades. Tampoco puedo hacer modificación porque está bien realizada la conversión. Simulé generar DDJJ 01/2018 y me trae todos los códigos de actividades. El problema es: ¿cómo genero las DDJJ anteriores? Aguardo sugerencias.

    • Carla Lombardi 21 enero, 2018 at 11:34 Responder

      Celeste,
      Tu caso es de los primeros que surgen, pero no creo que sea el único.
      Te doy mi opinión y envío consulta a la CA para ver que solución le van a dar al tema.
      Si fuese mi caso, yo cargaría las DJ de 2017 utilizando los códigos de actividades nuevos, ya que es simplemente eso un cambio en el código de actividad.
      Cuando decís que te trae todos los códigos de actividades, te referís a que trae los del CUACM y los NAES?

      Agrego respuesta de la CA Estimado/a: Debe generar las rectificativas con el nomenclador vigente al momento, en éste caso, se realizarán con el CUACM, ya que el NAES, entró en vigencia para la liquidación de ENERO EN ADELANTE.-

      Atte.
      Gabriel BAZZANA
      SUM@ – Sistema Unificado de Mesa de Ayuda
      Comision Arbitral del Convenio Multilateral

      • Celeste 22 enero, 2018 at 14:17 Responder

        Hola Carla! Muchas gracias! Los códigos que me trae son los del CUACM, pero en 07/17 tenía dadas de altas 5 actividades de las cuales 3 fueron convertidas en NAES (a la fecha) y las otras dos como se dieron de baja al 31/12/2017 permanecen con CUACM. Necesito presentar DDJJ con actividades que actualmente están en el NAES y que no se encuentran disponibles cuando intento cargar la base imponible del período. Aclaro que se trata de DDJJ originales.

  13. Yanina 14 diciembre, 2017 at 15:13 Responder

    Buenas tardes! Estoy intentando hacer el reempadronamiento, una vez seleccionadas las equivalencias, acepto y me dice da un error que dice: “fecha de inicio de actividad debe ser superior a la fecha de inicio de actividades del contribuyente: 30/11/1971.
    Por telefono me dicen que tengo que concurrir a ARBA….a alguien le paso??

    Gracias!

    • Patricia 27 diciembre, 2017 at 16:08 Responder

      Hola Yanina,

      estoy en la misma que vos…es por un problema del sistema con las fechas de inscripción. Le pasó a un cliente y fue a ARBA con una nota según me indicaron por tel. Una vez allí le pidieron información extra (constancia de inscripción en ARBA y AFIP, etc), volvió y le dijeron que NO lo podían arreglar.
      Volví a llamar y me dijeron que lo solucionaban los operadores del chat, que la delegación no lo podía solucionar. Por supuesto el del chat se desligó y dijo que había que ir a la delegación. Otra vez llamo por tel y me insisten con que hay que ir a ARBA. Mañana vamos por tercera vez, y si no lo toman no sé cómo hacer el reclamo, pues no me da opción en Interner para este tema.
      No es ayuda, pero sirve para compartir la experiencia. Si lo puedo efectuar mañana aviso.
      Si alguien lo pudo arreglar porfa avise.

      Gracias

      • Yanina 25 enero, 2018 at 11:49 Responder

        Si, me llegó de ARBA una nota solicitando informe fecha de inicio de actividades en Ingresos brutos. En ARBA me dicen que es porque en el reempadronamiento de 2005 se informó una fecha de alta distinta a la fecha de inscripción en Ingresos brutos. Aparentemente se informó la fecha de inicio de actividades de AFIP y difiere en unos meses de la de ARBA.
        Ahora tengo que reponder la nota con una fecha, si pongo la de AFIP podrian reclamarme las DDJJ no presentadas por esos meses con multas y demas….. es de 1971 el alta!!!!….
        Que les parece mejor??? Poner la fecha de inscripción en Ingresos brutos??? Es una cuestión prescripta no quiero dar lugar a la interrupción con una modificación…..

  14. Nancy 27 noviembre, 2017 at 21:18 Responder

    Hola, buenas tardes, tengo una consulta por un cliente que es monotributista categ. A, contribuyente directo de IIBB bs.as., locación de servicios. Le factura a un organismo estatal de Pcia de Bs.as. Es por contrato. A fin de año termina el mismo y le dicen que se renueva recién en abril 2018. Mi cliente me dice que no quiere tener el gasto de mi honorario por las DDJJ mensuales de IIBB que irían en 0 hasta abril. Yo le dije que podía darse de baja de IIBB y monotributo y volver en abril, pero quiere seguir pagando monotributo. Mi consulta es, se puede dar de baja en IIBB por cese de actividad y seguir pagando Monotributo? les pasó algo parecido? siempre buscan reducir costos por nuestros honorarios!!!!! Gracias!

  15. Luis Alberto Minutti 21 noviembre, 2017 at 15:25 Responder

    Cuando el sistema hace las cosas por nosotros suceden cosas que no podemos controlar; estoy intentando modificar la actividad de un contribuyente que ha sido reempadronado de oficio, pero con una actividad incorrecta. ARBA, hasta ahora no ha podido darme la solución

  16. Mery 17 noviembre, 2017 at 13:51 Responder

    Les recuerdo que para la Provincia de Còrdoba, en el caso que la Dirección no hibiese efectuado la conversión automaticamente, el Vto. (luego de la prórroga que concedieron) para el reempadronamiento de actividades de Ingresos Brutos es el 30/11.
    Pasos a efectuar:
    * Haga click en iniciar trámite. Ingrese con clave CiDi o clave Fiscal de AFIP nivel 2 en adelante, en caso de no haber iniciado sesión previamente.
    * Seleccione su actividad y elija la equivalencia correspondiente.
    * Defina una actividad como principal y confirme su trámite.
    * Consulte su trámite, ingresando con clave desde la página de inicio.

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