La Resolución 408/21 prorroga hasta el día 3 de septiembre de 2021, el plazo de inscripción a la Convocatoria para el otorgamiento del APORTE ECONÓMICO EXTRAORDINARIO DIRIGIDO A ORGANIZACIONES QUE INTEGRAN LA RED NACIONAL DE PUNTOS DE CULTURA.
Puntos de Cultura brinda subsidios y apoyos a organizaciones sociales y colectivos culturales, con o sin personería jurídica, que desarrollen iniciativas artísticas y culturales que promuevan la inclusión social, la identidad local y la participación ciudadana. Además, cuenta con una Red Nacional de Puntos de Cultura conformada por 677 Puntos de todo el país.
APORTE ECONÓMICO EXTRAORDINARIO DIRIGIDO A ORGANIZACIONES QUE INTEGRAN LA RED NACIONAL DE PUNTOS DE CULTURA – REGLAMENTO TÉCNICO
Resolución 408/2021
RESOL-2021-408-APN-SGC#MC
Ciudad de Buenos Aires, 27/08/2021
VISTO el Expediente Nº EX-2021-59035706- -APN-DGD#MC, la RESOL-2021-1027-APN-MC y
CONSIDERANDO:
Que a través de la RESOL-2021-1027-APN-MC, se aprobó el otorgamiento de un APORTE ECONÓMICO EXTRAORDINARIO en concepto de Subsidio, a las organizaciones sociales que conforman la RED NACIONAL DE PUNTOS DE CULTURA, y su reglamento técnico de bases y condiciones.
Que, dicho aporte, está destinado a todas las organizaciones sociales que integran la RED NACIONAL DE PUNTOS DE CULTURA, y que sostengan su labor en la actualidad, y tiene por finalidad apoyar a las organizaciones mencionadas, a través del otorgamiento de un subsidio, destinado al sostenimiento y a la atención de gastos relacionados con sus objetivos, en el marco del difícil contexto que la pandemia originada por el virus SARS-COV-2 y su enfermedad asociada COVID-19, ha generado para el funcionamiento de los espacios ligados a la cultura comunitaria y que ha dejado a sus organizaciones en situación de gran vulnerabilidad.
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 4° de la citada norma, la SECRETARIA DE GESTIÓN CULTURAL actúa como autoridad de aplicación e interpretación de la convocatoria y se encuentra facultada para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
Que, específicamente y de acuerdo con lo establecido en el punto 3) del reglamento de convocatoria, de resultar necesario, para garantizar la amplitud y pluralidad de la convocatoria, la autoridad de aplicación podrá prorrogar el plazo de inscripción, mediante el dictado del acto administrativo pertinente.
Que, en ese marco, y de conformidad con el reglamento en cita, la inscripción a la convocatoria se estableció desde el día de la publicación de la citada norma en el Boletín Oficial y por el plazo de quince (15) días corridos.
Que, en tal sentido y teniendo en cuenta el vasto universo de organizaciones que integran la RED NACIONAL DE PUNTOS DE CULTURA y con el objeto de garantizar el acceso al aporte referido, es necesario extender dicho plazo hasta el día 3 de septiembre de 2021 inclusive.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las disposiciones del Decreto 50/2019 y su modificatorio y las facultades otorgadas por RESOL-2021- 1027-APN-MC.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GESTIÓN CULTURAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar hasta el día 3 de septiembre de 2021, el plazo de inscripción a la Convocatoria para el otorgamiento del APORTE ECONÓMICO EXTRAORDINARIO DIRIGIDO A ORGANIZACIONES QUE INTEGRAN LA RED NACIONAL DE PUNTOS DE CULTURA, aprobado por RESOL-2021-1027-APN-MC.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Arturo Maximiliano Uceda
e. 31/08/2021 N° 62216/21 v. 31/08/2021
Fecha de publicación 31/08/2021