¿Pueden los jubilados solicitar el Beneficio Cumplidor si realizan otras actividades?
La Ley 27.653 establece que son cumplidores los contribuyentes que no registren incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas ni en el pago de las obligaciones tributarias, de corresponder, desde los períodos fiscales iniciados a partir del 01/01/2018 hasta el 11/11/2021, inclusive. Para las personas humanas y sucesiones indivisas que se encuentren inscriptas en el Impuesto a las Ganancias, el beneficio cumplidor consistirá en el derecho a deducir, en la declaración jurada del período fiscal 2021, de sus ganancias netas un importe adicional equivalente 50% del previsto en el artículo 30, inciso a) de la Ley de Impuesto a las … Sigue leyendo ¿Pueden los jubilados solicitar el Beneficio Cumplidor si realizan otras actividades?
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