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Producción agropecuaria- Régimen de Información –SISA-IP3

La Res. Gral. Conjunta AFIP-MAGyP 5236/22 incorporó obligaciones adicionales (IP3) de información en el SISA (SISTEMA DE INFORMACION SIMPLIFICADO AGRICOLA) a los sujetos productores agropecuarios inscriptos en el Régimen y que sean productores de trigo.

Producción agropecuaria- Régimen de Información –SISA-IP3

La información a suministrar refiere a las EXISTENCIAS DE TRIGO AL 28 DE FEBRERO DE 2023 y las variedades a informar son:

En caso de no contar con existencia de granos a dicha fecha debe igualmente informarse sin existencia a esa fecha (existencia en cero -0-).

La obligación de información se cumplimenta ingresando al sitio web de AFIP modulo “información Productiva” del micrositio “Actividades Agropecuarias” “Anexo IP3-Existencias Trigo”.

La fecha de presentación prevista en la normativa corre entre el 01-03-2023 y 31-03-2023 (fecha límite de ingreso de la información) y el sistema permite rectificar lo informado en el mismo servicio digital entre el 01-04-2023 y 31-05-2023. Las rectificativas de fecha posterior al 01-06-2023, deberán formalizarse mediante el servicio “Presentaciones Digitales”.

Las sanciones por falta de presentación son las previstas por incumplimientos formales de la Ley 11.683, la recalificación sistémica en SISA (cambio de categorización de I a II o III) y la imposibilidad de registrar los contratos de la RG AFIP 3.744, considerando la AFIP “Incorrecta conducta fiscal” en los términos establecidos por la Resolución General N° 4.310.


Agradezco al Estudio Ciancaglini por el recordatorio de esta obligación.

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