Cada vez es mas difícil interpretar las normas que emanan los distintos organismos, porque si bien a leí en la RG (AFIP) 3451/13 que “La adhesión al régimen previsto en esta resolución general, podrá solicitarse por única vez y hasta el día 31 de julio de 2013, inclusive.” no había llegado a interpretar su significado hasta que hoy al querer generar un plan me encontré con el siguiente cartel “La RG 3451 prevé una única presentación vigente, por contribuyente. Si usted deberá reformular un plan anterior vigente, NO ENVIE ESTE PLAN hasta que se encuentre disponible esta funcionalidad”.
1. Hay que hacer un control minucioso de toda la deuda que el contribuyente va a incluir en este plan de regularización, ya que solo puede hacer 1 plan por toda la deuda.
2. La AFIP esta confirmando que no funciona la opción de reformular planes todavía.
Por lo que, si bien el plan esta vigente desde el 25/3 y operativo desde el 15/4, para aquellos que tengan la intención de reformular planes vigentes no hay fecha cierta en la cual puedan generarse. Lo que me lleva a pensar que la RG (AFIP) 3451 no busca beneficiar a aquellos que ya estaban cumpliendo sus obligaciones fiscales, sino que es un beneficio para el que no pagó y para el que esta en juicio…
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