El Plan de Ganadería Argentina (Plan Gan.ar) se crea a los fines de contribuir al aumento de la producción y de la productividad de la ganadería bovina de carne y de leche, así como mejorar su sistema de industrialización.
Serán beneficiarios finales del PLAN GAN.AR las personas humanas o jurídicas que realicen actividades de producción y/o industrialización de ganado de carne, leche y subproductos, y que se encuentren inscriptas como tales en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA) del SENASA y/o en el Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (RUCA) de la SAGyP del MINISTERIO DE ECONOMÍA, según corresponda.
PLAN DE GANADERÍA ARGENTINA – PLAN GAN.AR – Resolución 1615/2023
MINISTERIO DE ECONOMÍA
RESOL-2023-1615-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 26/10/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-52343737- -APN-DGD#MAGYP, la Resolución N° 95 de fecha 1° de mayo de 2022 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA (RESOL-2022-95-APN-MAGYP), y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 95 de fecha 1° de mayo de 2022 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA (RESOL-2022-95-APN-MAGYP) se creó, en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE GANADERÍA Y PRODUCCIÓN ANIMAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, el PLAN DE GANADERÍA ARGENTINA, en adelante PLAN GAN.AR, con alcance en todo el territorio nacional.
Que el PLAN GAN.AR tiene por objeto contribuir al aumento de la producción y de la productividad de la ganadería bovina de carne y de leche, así como mejorar su sistema de industrialización, a través de la bonificación de tasas sobre líneas de crédito y/o Aportes Económicos a través de convenios específicos con Provincias y otras entidades públicas o privadas vinculadas al sector.
Que mediante el Artículo 6° de la Resolución N° 95/22 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA (RESOL-2022-95-APN-MAGYP) se facultó a la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del citado ex Ministerio, a dictar las normas complementarias o aclaratorias que resulten necesarias a los fines de la citada resolución y a celebrar los actos y acuerdos necesarios para la debida operatividad y cumplimiento de los objetivos del PLAN GAN.AR.
Que a los fines de establecer la operatoria del PLAN GAN.AR resulta necesario dictar un Manual Operativo en donde se detallen los procedimientos destinados a su implementación.
Que la AUDITORÍA SECTORIAL DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.
Que el Servicio Jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas por la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Manual Operativo del PLAN DE GANADERÍA ARGENTINA, en adelante PLAN GAN.AR, creado por la Resolución N° 95 de fecha 1° de mayo de 2022 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA (RESOL-2022-95-APN-MAGYP), que como Anexo (IF-2023-121262742-APN-SSGYPA#MEC), forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el Artículo 1° de la Resolución N° 95/22 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA (RESOL-2022-95-APN-MAGYP), el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 1°.- Créase en el ámbito de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, el PLAN DE GANADERÍA ARGENTINA, en adelante PLAN GAN.AR, con alcance en todo el territorio nacional.”.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/10/2023 N° 87063/23 v. 30/10/2023
Fecha de publicación 30/10/2023