Si el sujeto tiene participación patrimonial con otras empresas debe recordar que todas las empresas deben ser PyME.
Importante: verificá si tenés bien cargadas las declaraciones patrimoniales en ganancias y participaciones societarias.
A) Participación patrimonial de vinculación (entre 20% y 50% inclusive)
- Nacional: todas deben cargar el F. 1272.
- Extranjera:
- Si la empresa extranjera tiene CUIT en el país deberá completar el link con las ventas de la extranjera. Ingresá a https://pyme.produccion.gob.ar/ventas-extranjeras/login
- Si la empresa extranjera no tiene CUIT en el país, por favor comunicate con el Registro PyME por correo electrónico a registropyme@produccion.gob.ar
B) Grupo económico (más del 50%)
- Nacional (sólo empresas nacionales): deberá cargar en el link las ventas consolidadas. Ingresá a https://pyme.produccion.gob.ar/grupo-economico/login
- Mixto (empresas nacionales y extranjeras):
- Controlante extranjera:
- Si tiene actividad en el país y CUIT: Deberá cargar en el link las ventas consolidadas del grupo. Ingresá a https://pyme.produccion.gob.ar/grupo-economico/login
- Si no tiene actividad en el país comunicate con el equipo de Registro PyME vía mail registropyme@produccion.gob.ar
- Controlante Argentina: deberá cargar en el link las ventas consolidadas del grupo. Ingresá a https://pyme.produccion.gob.ar/grupo-economico/login
- Controlante extranjera: