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Pasos para solicitar la Feria Fiscal de AFIP.

La RG 5437/2023 reglamentó una Feria Fiscal, mediante un régimen opcional de presentación y pago de las declaraciones juradas de IVA y Ganancias para los vencimientos que operen en el durante el mes de enero. El plazo especial también comprende a los regímenes de información.

¿Quiénes puede solicitar la Feria Fiscal ?

¿Quiénes no puede solicitarla?

a) IVA: respecto de los últimos 12 períodos fiscales contados hasta el día 31 de octubre, inclusive, del año inmediato anterior al mes de enero por el cual se ejerce la opción, o desde la fecha de alta en el impuesto cuando se trate de sujetos que revistan la calidad de inscriptos por una menor cantidad de períodos fiscales.

b) Impuesto a las ganancias: respecto del período fiscal inmediato anterior a aquel cuyo vencimiento opera en el mes de enero por el cual se ejerce la opción.

Pasos para solicitar la Feria Fiscal de AFIP

Los contribuyentes deberán realizar 2 sencillos pasos:
1. Ingresar al servicio “Mis aplicaciones Web” y seleccionar el “Formulario 1239 – Opción Feria Fiscal”.
La obligación cuya presentación se difiere es el IVA correspondiente al período fiscal diciembre 2023, con vencimiento en enero 2024. En el caso del Impuesto a las Ganancias solo aplica para los cierres Agosto 2023, cuyo vencimiento opera en Enero 2024.
2. Hacer clic en presentar el F. 1239 – Opción Feria Fiscal.
Punto a destacar y que preocupaba, el importe del pago a cuenta se visualiza al utilizar la opción de solicitud de feria fiscal, antes de presentar el F. 1239. Por lo cual el contribuyente no debería encontrarse con sorpresas posteriores.
Importante: La opción es de carácter definitivo (no puede ser anulada ni rectificada) y comprenderá a la totalidad de los impuestos a cargo del contribuyente no resultando procedente adherir únicamente por alguno de los gravámenes.
Dicha solicitud podrá ser ejercida desde hoy 27-12-2023 y el 17-1-2024 (día hábil inmediato anterior a la primera fecha de vencimiento que opera en el mes de enero).

Pago a cuenta obligatorio

Los contribuyentes adheridos deberán ingresar un pago a cuenta por cada obligación que será determinado en forma automática por la AFIP, a tal fin se considerarán las declaraciones juradas presentadas y en el caso del IVA también se reflejará la estacionalidad del mes que se pospone.
Los pagos a cuenta vencerán el 18-1-2024 (primer día de las fechas de vencimientos del IVA para el mes de enero).
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