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Operaciones Exentas y DDJJ sin movimiento ¿Cómo cargarlas al F. 2002 IVA a partir de Octubre 2024?

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Con la entrada en vigencia de la RG 5591/24 a partir de octubre 2024 para realizar la presentación de la declaración jurada mensual de IVA deberá efectuarse previamente la presentación del “Libro de IVA Digital” correspondiente al período mensual que se declara.

Esto se debe a que en el sistema “Mis Aplicaciones WEB”, formulario “F2002 IVA por Actividad” se visualizará el débito y crédito fiscal previamente registrado en el “Libro de IVA Digital” del mismo período mensual.

Y en principio este cambio no simplifica nuestra tarea ya que deberemos seguir cargando y desagregando en forma manual los débitos y créditos fiscales. Pero este cambio si está trayendo algunas pequeñas complicaciones al utilizarse por primera vez, en particular en aquellos contribuyentes que realizan operaciones especiales.

Operaciones Exentas y No gravadas ¿Cómo cargarlas al F. 2002 IVA a partir de Octubre 2024?

Quienes realicen este tipo de actividades podrán notar que en el “F2002 IVA por Actividad” no permite tildar en los datos al inicio si  ¿Realiza operaciones Exentas o No Alcanzadas?, como podemos ver en la imagen figura en gris el casillero.

Con la modificación introducida por la RG 5591/24 es necesario previo a la generación del F. 2002 IVA, el tilde de la opción en la presentación del Libro de IVA Digital  “Operaciones No Gravadas o Exentas” para que luego en forma automática aparezca habilitada la opción en el F. 2002 y posteriormente seleccionar una de las 3 opciones:

a) Con prorrateo por asignación directa
b) Con prorrateo global
c) Con prorrateo por asignación directa y global

a) Importe Crédito Fiscal Computable, con asignación directa

Si se selecciona la opción “Con prorrateo por asignación directa”, se detallará el valor del importe del Crédito Fiscal Computable con asignación directa de cada comprobante registrado en ese período.

b) Importe Crédito Fiscal Computable Global

Si se selecciona la opción “Con prorrateo global”, el sistema habilitará una nueva pestaña en el Libro Compras denominada “CF Computable Global” que permitirá discriminar los siguientes conceptos:
i) Importe Crédito Fiscal Computable con Asignación Directa
ii) Importe Crédito Fiscal Computable determinado por Prorrateo
iii) Importe Crédito Fiscal Computable Global (sumatoria de los valores ingresados en i y ii)
iv) Importe Crédito Fiscal No Computable Global
v) Importe Crédito Fiscal Computable a Restituir

c) Importe Crédito Fiscal Computable con asignación directa y global

Si se selecciona la opción “Con prorrateo por asignación directa y global” se detallará el valor del importe del Crédito Fiscal Computable con asignación directa de cada comprobante registrado en ese período.
Asimismo, el sistema habilitará una nueva pestaña en el Libro Compras denominada “CF Computable Global” que permitirá discriminar los siguientes conceptos:

i) Importe Crédito Fiscal Computable con Asignación Directa (sumatoria del Crédito Fiscal Computable detallado en los
comprobantes registrados en el Libro Compras)
ii) Importe Crédito Fiscal Computable determinado por Prorrateo
iii) Importe Crédito Fiscal Computable Global (sumatoria de los valores ingresados en i y ii)
iv) Importe Crédito Fiscal No Computable Global
v) Importe Crédito Fiscal Computable a Restituir

Operaciones sin movimiento ¿Cómo cargarlas al F. 2002 IVA a partir de Octubre 2024?

En estos casos será necesario presentar previamente el Libro IVA Digital seleccionando la opción “Con Movimiento”

Para luego poder cargar en Mis Aplicaciones Web – F. 2002 IVA los saldos a favor de Crédito Fiscal.

60 comments

  1. gloria 3 diciembre, 2024 at 16:46 Responder

    Hola presente el libro iva pero el f 2002 no me deja ingresar la operaciones exentas- Hice una rectifictori del ibro con operaciones exentas con asignacion directa y en informacion consolidada de compra s no aparece credito fiscal computable porque? algo estoy haciendo mal

  2. Marina 24 noviembre, 2024 at 08:41 Responder

    Hola!! esta es la solucion para los que declaran operaciones exentas o no gravadas en IVA.
    Si ya rpresentaste el libro IVA como solias hacer, tildando Op Exentas y tambien el ultimo tilde, hace una rectificativa del libro iva, tilda solo operaciones exentas, y luego te aparece en gris ya tildado ese item en el F2002.

    Gracias Fabian por tu ayuda.

  3. dr marcelo 21 noviembre, 2024 at 18:43 Responder

    un desastre el sistema, hasta ayer, en el tema de existencia operaciones exentas, al final del libro digital aparecia el df y el cf que se trasladaba, una vez presentado, a la ddjj. hoy, por ejemplo farmacias, se importan los comprobantes al lirbo pero al final, df y cf para la ddjj aparecen en cero. prove simulando una rectifiactiva de libro presentado ayer 20, que andaba bien, y aparece en cero df y cf que ayer cargaba. que desastre estan haciendo, por que no eliminan las ddjj de iva y listo?

  4. Cecilia 21 noviembre, 2024 at 11:37 Responder

    hola! para una empresa que presta servicios de limpieza y porteria (SAS), que desde que existe NO TIENE movimiento alguno, en el libro digital marco directamente la opcion sin movimientos?? no hay credito fiscal tampoco. Y ya de ahi en la ddjj de iva, queda nuevamente sin movientos? consulto porque antes yo presentaba ddjj de iva sin movimientos pero nunca hice libro iva digital

  5. Fernando 20 noviembre, 2024 at 18:12 Responder

    Buenas tardes, espero que se encuentren bien. Les queria consultar, hay que presentar el Libro de Iva Digital para que luego me permita marcar la opcion de operaciones exentas?

    Muchas gracias.
    Aguardo sus respuestas.-

  6. María Fernanda Jiménez 20 noviembre, 2024 at 14:45 Responder

    Buenas tardes, yo hice el libro IVA y cargue las operaciones exentas y cuando voy al 2002 sigue sin aparecer tildado la casilla, aparece en gris, que debería hacer? Muchas gracias

  7. Araceli 20 noviembre, 2024 at 10:20 Responder

    Me pasa lo mismo, ya que los datos de los tickets Z (083) de ventas de las registradoras, al cargar el monto total, no me coincide los netos ni los IVA, no se como hacer ese ajuste, para que coincidan los centavos.

  8. Macarena 20 noviembre, 2024 at 09:25 Responder

    Hola, tengo el caso de médicos, cargo el importe de las compras y ventas en el Libro IVA Digital. Tildo que tienen operaciones exentas, el IVA que me trae coincide con el Libro, pero por el método de Prorrateo por asignación directa me varía los importes, no solo del Crédito Fiscal sino también del Débito en la Liquidación!
    Yo cargué los datos en la DDJJ de IVA como estaban en el Libro Iva Digital, pero no se si tendría que rectificarlo para que coincida con el prorrateo, porque no puedo cambiar los comprobantes de ventas y compras que están, porque son los reales.
    ¿Alguien sabe qué hacer con los casos de prorrateo del Créditopor actividades exentas?

  9. Myriam 20 noviembre, 2024 at 07:49 Responder

    buen día necesito ayuda, soy nueva en esto. en la declaracion jurada tildé Declara conceptos que disminuyen el saldo técnico a favor del responsable? y avancé con la carga de datos y en verdad era este Realiza operaciones Exentas o No Alcanzadas?
    ahora no me deja modificarlo. como hago? borré la declaración jurada la creé de vuelta y no me deja.
    Gracias

  10. MARIA CECILIA 19 noviembre, 2024 at 17:02 Responder

    Tengo un cliente que hizo una factura E a Google en octubre y es sólo una vez por año, el resto de los meses no hace factura de exportación, tendrá que presentar el IVA por Siap sólo este mes? Podrá seguir después presentando por Mis aplicaciones web?

  11. anahi 19 noviembre, 2024 at 14:36 Responder

    que opcion debo tildar, para que me habilite tildar la opcion V ¿Es Responsable sustituto por locaciones o prestaciones gravadas en el país realizadas por sujetos del exterior?

  12. ivan 19 noviembre, 2024 at 14:10 Responder

    Estas considerando que el sistema toma el debito fiscal causado por las nc de compras y credito fiscal por nc de ventas? ( restitucion de credito fiscal y debito fiscal)

    • Luci 19 noviembre, 2024 at 17:14 Responder

      ARTÍCULO 2°.- Se encuentran alcanzados por la presente, los sujetos que efectúen ventas de bienes y/o locaciones de servicios que, por sus características, no requieran el ingreso de datos específicos y/o posean determinadas particularidades vinculadas con:

      a) Empresas promovidas.

      b) Proveedores de empresas promovidas.

      c) Contribuyentes que realicen operaciones de exportación.

      d) Responsables que soliciten reintegros por operaciones de bienes de capital.

      e) Sujetos con “Régimen de Reintegro de Retenciones Agropecuarias”.

      f) Sujetos adheridos al “Régimen Agropecuario con Pago Anual”.

      g) Sujetos que declaran conceptos que disminuyen el saldo técnico a favor del responsable.

      • SusaNA 20 noviembre, 2024 at 10:30 Responder

        Si, justamente por ese articulo intento presentar el F2002 pero me sale el siguiente error y no me deja hacerlo.
        Se verifica que Ud. se encuentra activo en el Sistema Registral como IVA Anual Agropecuario, para el período fiscal 202410, la normativa vigente lo excluye para la utilización de esta aplicación

        • Andres 20 noviembre, 2024 at 13:15 Responder

          Se encuentran alcanzados por la presente (RG 3711/15), los sujetos que (…) NO requieran el ingreso de datos específicos y/o posean determinadas particularidades vinculadas con …

          Los que nombra en el Art. 2 presentan por SIAP

  13. PATRICIA 18 noviembre, 2024 at 21:27 Responder

    CONSULTA COMO SOLUCIONARON EL TEMA DE VENTAS EXENTAS A TIERRA DEL FUEGO PORQUE AFIP NO ME DEJA PRESENTAR F2002 , ES ESTE MES QUE HIZO ESTAS VENTAS EL RESTO SON LOCALES NO SE COMO PRESENTAR EL IVA

    • Guillermo 19 noviembre, 2024 at 09:45 Responder

      Podes presentar el viejo F.731 en platadorma SIAP. Mientras tanto presentá la consulta WEB explicando que no podes presentar el F.2002 por tener facturas “E” a tierra del fuego y aclarando que dichas operaciones no encuadran como exportación de servicios. Lo expuesto, fue manifestado por el fisco en un grupo de enlace AFIP-DGI Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires (Reunión 01/10/03) donde se le consultó por el asesoramiento profesional a empresas radicadas en la ciudad de Ushuaia, Tierra del Fuego. En respuesta el fisco dijo: “Se coincide con la posición del Dictamen DAT y J 41/84 del 7/9/84, por tratarse de un servicio prestado en la isla y por ello exento. De todos modos, no puede considerarse la operación como una exportación de servicios, ya que la ley 19640 sólo prevé la exportación de bienes”.
      Avisa que te responden.

      • andrea 19 noviembre, 2024 at 12:55 Responder

        estoy en esta situación, se puede presentar el IVA por siap?, me genera la duda q me rechacen la presentación, esta estipulado en algún lugar que es un medio valido en caso de no funcionamiento de la pagina web?

        • Franco 19 noviembre, 2024 at 16:42 Responder

          Hola Andrea buenas tardes, yo hice la presentación de la DD.JJ. de IVA mediante aplicativo SIAP F.731, y luego hice una presentación digital aclarando esta situación en particular, y me respondieron que la DD.JJ. se encuentra debidamente registrada, así que deduzco de que no va haber inconvenientes si lo presentas por esa vía, hasta tanto ARCA se expida sobre este error generalizado por este tipo de particularidades.

          • Guillermo 19 noviembre, 2024 at 23:13

            ¿Que tramite de presentaciones digitales utilzaste? Te lo consulto porque depende el tramite si no se cumplen determinados requisitos te lo rechazan sin analizar.
            Gracias

          • Franco 20 noviembre, 2024 at 09:44

            Hola Guillermo, utilicé Presentaciones Digitales, en tipo de trámite puse “consultas no vinculantes”, puse mi descargo de la situación planteada, y la respuesta del fisco fue que la DJ fue registrada sin inconvenientes

  14. Jaled 16 noviembre, 2024 at 11:35 Responder

    Buen día, tremendo bolonqui nuevamente, tengo un cliente que es un maxikiosco y librería por menor que vende cigarrillos. En los cigarrillos le facturan impuestos internos al comprar (no gravados) y el controlador fiscal discrimina en los Z el IVA de lo productos varios y el IVA de la venta de cigarrillos que no grava la parte de impuestos internos que lleva cada paquete. Se genera asi en las ventas importes no gravados de ingresos por las ventas que no integran la base imponible. Entiendo que no debo prorratear ningún crédito fiscal porque no hay compras que afecten por igual a las operaciones gravadas y a estos conceptos no gravados. En función de ello debería tildar la opción “Con prorrateo por asignación directa”.
    Espero opiniones, tengo 53 años de matriculado en el CPCECABA pero todo este entuerto parece hecho a propósito para complicarnos la vida.

  15. Antonio De Vita 16 noviembre, 2024 at 10:00 Responder

    Leyendo todos estos problemas, entiendo que antes que nada y trabajar en vano, el CPCECABA debería tomar cartas en el asunto por todas estos errores u horrores y postergar este engendro informático y ponerlo en práctica cuando ya no existan dichos horrores. Esto si que es improvisación total. Nosotros ya estamos hartos de ser conejitos de indias y empleados sin sueldo de la AFIP/ARCA o como quieran llamarlos. Es una falta de respeto a la Profesión. Para corregir todo le llevara mas que 3 meses, y así y todo siempre van a aparecer incongruencias informática, como la diferencia de centavos entre el Libro Iva Digital y la carga de DD.JJ de cualquier mes. Pareciera que trabajan como compartimentos estancos.
    Perdon por la respuesta, pero me da impotencia todo este tipo de cosas. Esto está atado con alambres.
    En algún momento se va caer.

  16. Fabián 15 noviembre, 2024 at 12:35 Responder

    por eso les aparece desmarcado las operaciones exentas el un tilde borra a otro. o sea el segundo tilde borra la marca de operaciones exentas con prorrateo….

    • Macarena Revuelta 19 noviembre, 2024 at 16:03 Responder

      Yo hice el paso de las opciones el libro IVA digital pero cuando quiero cargar el F2002 no me deja tildar la opción de operaciones exentas y no alcanzadas.
      Alguien sabe cómo solucionar eso?
      Gracias

  17. Fabián 15 noviembre, 2024 at 12:33 Responder

    atención libro IVA digital si se marca prorrateo global, luego cuando se marca declara no haber realizado operaciones de …. se desmarca el prorrateo .. error desde siempre…. nunca se corrigió

  18. Santiago 14 noviembre, 2024 at 21:57 Responder

    El F 2002 toma los importes del débito y crédito fiscal de lo declarado en el libro iva digital? En un cliente no me coincide el débito y crédito fiscal que me trae el propio 2002 con lo que declaré en el LID. No sé a qué se debe , a alguien más le pasó?

    • paula ines 15 noviembre, 2024 at 09:32 Responder

      a mi me esta pasando eso que no coincide con lo declarado en el libro iva digital, y tampoco con MIS COMPROBANTES, o sea lo que declare esta bien pero el dato de AFIP que trae el 2002 es otro

      • Araceli 21 noviembre, 2024 at 08:57 Responder

        Me pasa que los datos de los tickets Z (083) de ventas de las registradoras, al cargar el monto total, no me coincide los netos ni los IVA, que salen en el resumen de LID, con el que sale en el 2002, no se como hacer ese ajuste, para que coincidan los centavos.

  19. Franco 14 noviembre, 2024 at 18:45 Responder

    Tengo un cliente que emite Factura E de exportación a un cliente de Tierra del Fuego (mi cliente es transportista), por ende, cuando quiero hacer el F.2002 de IVA me aparece tildado automáticamente que realiza “operaciones de exportación”, lo que anula la posibilidad de presentar la DDJJ de IVA (el Libro IVA Digital ya lo presenté de manera correcta). Cómo hago entonces para presentar la DDJJ de IVA? Intenté mediante SIAP con F.731 pero no puedo arrastrar allí el saldo técnico a favor de IVA. Hice presentación digital y consulta web en ARCA y no me brindaron una respuesta satisfactoria. Alguno más tiene un caso similar y lo pudo resolver? Yo ya elaboré una idea para resolverlo (no es la indicada) pero prefiero esperar a sí alguien sabe algo de este tema

    • Matias 15 noviembre, 2024 at 19:44 Responder

      Disculpa Franco, porque no podes arrastrar el saldo técnico a favor de IVA. No es un dato que se ingresa de forma manual en el F.731 del SIAP?
      Yo estoy en una situación similar a tu caso, pero arme el 731 y cuando lo quise subir a “Presentaciones de DDJJ y Pagos” me tiro un error “”F731 v520 no se encuentra vigente. Fecha de alta 01/02/2007, fecha de baja 04/07/2019″”
      Puede ser que tenga que actualizar el IVA del SIAP para lograr una presentación satisfactoria o hay alguna otra alternativa?

      • Franco 15 noviembre, 2024 at 20:05 Responder

        Hola Matías, en mi caso cuando quise hacer la presentación por SIAP F.731 me aseguré primero de actualizar la versión con el release actual, pero confeccionando la DD.JJ. en ningún lado me apareció una solapa para colocar allí el saldo técnico a favor del contribuyente del período anterior. Por otro lado, hice una consulta sobre este tema en CONSULTAS WEB de ARCA (no presentación digital, que hice anteriormente una consulta sobre este tema y me respondieron que haga la consulta vía Web), en la primera respuesta que me brindaron fue que siga exactamente los pasos indicados en este arículo publicado, les repliqué que hice exactamente lo que ellos me dijeron , pero que persistía el error, y hoy me respondieron los siguientes y cito textualmente (no me deja subir imagen): “Estimado/a, atento a tu consulta registrada bajo el N°******* para el ciudadano…., te informamos que se dio intervención a un área interna de AFIP para su resolución”.
        Creo que sinceramente no previeron este tipo de situaciones frente a la resolución que publicaron el mes anterior para la presentación del Libro IVA Digital con en F.2002. No sé si tiene que ver con la falta de personal idóneo y capacitado, coincidiendo con el tema de despido de personal y cambio de nombre y organigrama del fisco…

        • Matias 16 noviembre, 2024 at 16:18 Responder

          Hola Franco, gracias por la respuesta. Yo finalmente actualice el aplicativo IVA a la última versión y pude cerrar la presentación del mes.
          También contaba con un ST y un SLD del periodo anterior, los incorpore manualmente a la DDJJ.
          Para ingresar el SLD voy a la tercer solapa “ingresos directos” icono “saldo a favor periodo anterior”.
          Para ingresar el ST, voy al icono que figura al inicio “determinación del impuesto” e incorporo el importe manualmente.
          Luego, cierro la presentación desde el icono determinación dela Declaración jurada

          • Franco 19 noviembre, 2024 at 12:46

            Hola Matías, ahí pude ingresar el saldo técnico a favor de IVA en el SIAP F.731, así que ya presenté la DD.JJ. por el aplicativo, y quedo a la espera de la resolución de AFIP, para que podamos presentar (en estos casos puntuales) las DD.JJ. por F.2002 como sucedía hasta la DD.JJ. de septiembre.

    • Daiana 19 diciembre, 2024 at 13:02 Responder

      Buenos días!
      Me pasa lo mismo, como lo resolviste? Estoy esperando la respuesta por consulta en arca que hice.
      En el caso de haberlo presentado por siap, declaraste el importe de las facturas E en “operaciones de exportación y operaciones exentas con tratamiento asimilable” ??
      Gracias

    • Franco 19 noviembre, 2024 at 12:45 Responder

      Hola Matías, ahí pude ingresar el saldo técnico a favor de IVA en el SIAP F.731, así que ya presenté la DD.JJ. por el aplicativo, y quedo a la espera de la resolución de AFIP, para que podamos presentar (en estos casos puntuales) las DD.JJ. por F.2002 como sucedía hasta la DD.JJ. de septiembre.

      • Antonella 20 noviembre, 2024 at 12:34 Responder

        Hola Franco! Te consulto, entonces hasta septiembre venias presentando operaciones de exportación por 2002? Porque en mis aplicaciones sale el cartel “… según la normativa vigente queda excluido para la utilización de esta aplicación.”

        • Franco 20 noviembre, 2024 at 20:24 Responder

          Hola Antonella buenas noches, sí, hasta la DJ de septiembre de este año a los clientes que emiten factura E (son casos excepcionales y esporádicos) los presentaba por F.2002 y los declaraba, dentro de la solapa de débito fiscal, cómo operaciones exentas y no gravadas (previamente tildaba la opción que permitía declarar éstos importes). Nunca tuve problemas, ni inspecciones, fiscalizaciones ni verificaciones por el estilo.

          • Carolina 20 diciembre, 2024 at 11:40

            Como hacemos entonces cuando viene una FC E en el portal IVA que la incluye como Operaciones de Exportacion y luego de presentado lo tilda en el F.2002? Porque no me deja armar por el error “Ud. seleccionó la opción ‘Operaciones de Exportación’ y según la normativa vigente queda excluido para la utilización de esta aplicación.” y no me permite sacar ese tilde? Hay que eliminarla del listado de Ventas en el portal?

  20. Juan Solo 14 noviembre, 2024 at 10:02 Responder

    Ayer aunque pusieras en el Libro de IVA Digital que realizás operaciones exentas con prorrateo directo, cuando ibas al F.2002 aparecía deshabilitado el tilde de “Realiza venta exenta”

  21. Pablo 14 noviembre, 2024 at 08:59 Responder

    y el ajuste por prorrateo para los que tienen cierre 2024/10?? el F2002 no habilita como lo hacia antes para cargar dicho ajuste.. Alguien sabe por donde cargarlo??

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