La base imponible mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9 de la Ley 24.241, a los fines del cálculo de los aportes y contribuciones correspondientes al SIJP, por las remuneraciones a partir delperíodo devengado septiembre de 2014 serán las siguientes:
a) Límite mínimo: $ 1.124,06 (Anterior: $ 959,01)
b) Límite máximo: $ 36.531,48 (Anterior: $ 31.167,56)

Por inconvenientes operativos en la liquidación planes de pago en cuotas del 22-4-22, ARBA extiende plazo. RN 12/22
Mediante la RN 12/22 ARBA considera abonados en término los anticipos correspondientes a los planes de pago RN 7/22, con relación a los sujetos que ...
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