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Nueva Ley de alquileres 27551 y el Registro de Operaciones Inmobiliarias

La Ley 27551 en su Art. 16 incorpora la obligación de que los contratos de locación de inmueble sean declarados por el locador ante la AFIP, dentro del plazo, en la forma y con los alcances que dicho organismo disponga. Asimismo la AFIP debe disponer un régimen de facilidades para la registración de contratos vigentes. El incumplimiento del locador lo hace pasible de las sanciones previstas en la Ley 11.683 (t. o. en 1998 y sus modificaciones).

Hasta la fecha dicho artículo no fue reglamentado AFIP, por lo cual todavía falta definir:

Recordemos que el último régimen de información sobre operaciones inmobiliarias  fue establecida por la RG 2820/10 y que mediante la RG 3779/15 se dejó sin efecto la misma para inmuebles urbanos, en los siguientes casos:

Las guías que hay publicadas en la pagina de AFIP sobre el “Registro de Operaciones Inmobiliarias” se refieren a la RG 2820, que no está en vigencia para este tipo de locaciones.

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