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Nueva Ley de alquileres 27551 y el Registro de Operaciones Inmobiliarias

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La Ley 27551 en su Art. 16 incorpora la obligación de que los contratos de locación de inmueble sean declarados por el locador ante la AFIP, dentro del plazo, en la forma y con los alcances que dicho organismo disponga. Asimismo la AFIP debe disponer un régimen de facilidades para la registración de contratos vigentes. El incumplimiento del locador lo hace pasible de las sanciones previstas en la Ley 11.683 (t. o. en 1998 y sus modificaciones).

Hasta la fecha dicho artículo no fue reglamentado AFIP, por lo cual todavía falta definir:

  • El servicio/aplicativo de AFIP para cumplir con la obligación.
  • La información que este nuevo régimen de información exigirá.
  • La fecha de vencimiento para cumplir con la obligación.

Recordemos que el último régimen de información sobre operaciones inmobiliarias  fue establecida por la RG 2820/10 y que mediante la RG 3779/15 se dejó sin efecto la misma para inmuebles urbanos, en los siguientes casos:

  • La locación -alquiler o arrendamiento- de bienes inmuebles -incluidos los efectuados bajo la modalidad de leasing-, por cuenta propia o con la intervención de los sujetos que efectúen las operaciones de intermediación , así como las “sublocaciones” y “subarriendos”.
  • La locación de espacios o superficies fijas o móviles -exclusivas o no- delimitados dentro de bienes inmuebles (locales comerciales, “stands”, góndolas, espacios publicitarios, cocheras, bauleras, localización de antenas de telefonía celular, etc.), por cuenta propia o por cuenta y orden de terceros.
  • La cesión de derechos reales y/o cesiones o contratos que impliquen derechos de uso a título oneroso sobre inmuebles urbanos (excepto hipoteca y anticresis).

Las guías que hay publicadas en la pagina de AFIP sobre el “Registro de Operaciones Inmobiliarias” se refieren a la RG 2820, que no está en vigencia para este tipo de locaciones.

42 comments

  1. beatriz 5 marzo, 2021 at 12:40 Responder

    hola tengo esta misma pregunta, SOY JUBILADA Y COMO LOCADORA ALQUILO UNA SOLA VIVIENDA CON DESTINO FAMILIAR. ¿TENGO QUE REGISTRAR EL CONTRATO EN AFIP?

  2. SERGIO 17 febrero, 2021 at 10:06 Responder

    Buenos días Carla, desearía saber si ya se pueden cargar contratos o aun no está la normativa. Hablo de contratos de un depto. familiar por ejemplo, muchas gracias por tu respuesta. Queria saber si ya se reglamento

  3. Perla 26 enero, 2021 at 11:26 Responder

    Hola buen día! Tengo que registrar un Contrato en AFIP y de “Locaciones ” me manda a DDJJ ……debería estar la solapa de “celebración de contrato….como hago? tengo 10 días hábiles…..
    Por otro lado, mi inquilino, además de la factura electrónica quiere un recibo abrochado a la factura……es esto correcto? AFIP solo indica Factura Electrónica.
    Muchas gracias!

    • Agustina 27 marzo, 2021 at 11:18 Responder

      Me pasa lo mismo. En el Instructivo de AFIP aparece la opción “Celebración de Contrato y/o Cesión” que es donde habría que ingresas y no aparece en la práctica.
      Me empadroné, pero creo que no fue lo correcto porque por lo que entendí, el empadronamiento es para habitualistas, y yo solo tengo un sólo inmueble en alquiler…
      Mande consulta Web y aún sin respuesta.

  4. sandra 22 enero, 2021 at 09:17 Responder

    Hola. Consulta aun no se pueden registrar los contratos de alquiler en Afip? Sigue sin reglamentarse? Agradeceria un respuesta.

  5. Alfo 20 enero, 2021 at 01:32 Responder

    Hola Carla, desearía saber si ya se pueden cargar contratos o aun no está la normativa. Hablo de contratos de un depto. familiar por ejemplo, muchas gracias ¡¡¡¡

  6. Micaela 30 diciembre, 2020 at 21:28 Responder

    Hola, quería hacer una consulta, quiero registrar un contrato de locación en el ROI pero solo me aparece la opción de la DDJJ Anual, como se puede solucionar?

    • Andrea 6 enero, 2021 at 20:06 Responder

      Hola Micaela.
      Yo tambien quiero ingresar los datos del contrato en Registro de Operaciones inmobiliarias –> Locaciones y/o cesiones de inmuebles y solo me da la opcion de DDJJ. Pudiste solicionarlo?

  7. GLADYS 23 diciembre, 2020 at 09:23 Responder

    Hasta la fecha dicho artículo no fue reglamentado AFIP, por lo cual todavía falta definir:

    El servicio/aplicativo de AFIP para cumplir con la obligación.
    La información que este nuevo régimen de información exigirá.
    La fecha de vencimiento para cumplir con la obligación.

    SABE ALGUIEN SI ESTO YA ESTA VIGENTE Y BAJO QUE LEY/DECRETO/RESOLUCION/ETC.
    GRACIAS

  8. Dante 18 diciembre, 2020 at 14:44 Responder

    Alguien sabe si ya se definió desde AFIP un aplicativo para subir los contratos de locación? Ya que en el “Registro de Operaciones Inmobiliarias” no aparece la opción para cargar los datos en la parte de “Locaciones y/o Cesiones de Inmuebles”, solo figura la opción DDJJ Anual. Hace meses que quiero cargar un contrato.

  9. Pedro 4 diciembre, 2020 at 11:59 Responder

    Quiero alquilar una casa para vivienda familiar, la casa es del matrimonio mi señora y yo, yo soy monotributista promovido, estoy en condiciones de poder alquilarla, para eso la debo registrar primero en bienes personales en la afip

  10. marcelo guillermo Masculino ruiz 1 diciembre, 2020 at 06:51 Responder

    Consulta, el servicio de AFIP se reglamento y ya el locador puede declarar el contrato en afip?? Estoy esperando ese trámite para proseguir un trámite personal. Gracias y espero la respuesta

  11. Nora 24 noviembre, 2020 at 18:46 Responder

    Buenas tardes, quisiera averiguar si es necesario registrar el contrato de locacion de un inmueble urbano, realizado ahora, con la nueva ley- En ese caso, cómo se registra?- Muchas gracias por su amable respuesta-

  12. Marga 10 noviembre, 2020 at 18:02 Responder

    Buenas tardes: Según lo que puedo interpretar, un contrato de locación de vivienda no habria que registrar aún? Aunque en el contrato diga que debo hacerlo,sino está definido por la AFIP, no sería una obligación? Gracias…

  13. Daniel 26 octubre, 2020 at 12:59 Responder

    Hola, es igualmente obligación para el locador el registrar ante la AFIP el contrato de locación de un inmueble destinado a vivienda familiar si el locador previamente ya estaba inscripto en el Monotributo y en IIBB y ya emitía factura electrónica?

  14. Valeria Pollarsky 22 octubre, 2020 at 23:26 Responder

    Hola, quería hacer una consulta. Tengo el caso de un empleado en relación de dependencia que alquila un inmueble, lo inscribí en Montributo e IIBB ya, y empezó a facturar. La consulta es, sí o sí tengo que informar el contrato de locación en el Registro de Operaciones Inmobiliarias? Gracias por la aclaración!

  15. CAROLINA 8 octubre, 2020 at 21:05 Responder

    BUENAS NOCHES , MI ABUELO ALQUILA Y TENGO DOS CONSULTAS:
    1 . ES OBLIGATORIO QUE PAGUE AUTONOMOS SIENDO QUE ES JUBILADO? ALQUILA CASA HABITACION Y ES IVA EXENTO
    2. CUNDO LO ADHERI EN EL REGISTRO DE Registro de operaciones inmobiliarias . ME DA PARA CLICLEAR Locaciones y/o Cesiones de Inmuebles , PERO AHI SOLO FIGURA ANUAL. NO DA COMO DICE EL INSTRUCTIVO REIGTSRR CONTRATONS Y PONES TODOS LOS DATOS. SABEN SI ES PORQUE AUN NO ESTA REGLAMENTADO?
    AGUARDO COMENTARIOS , MUCHAS GRACIA SY EL LOG ES GENIAL APRENDO SIEMPRE!

  16. Gloria 14 septiembre, 2020 at 16:23 Responder

    Si bien el Registro de operaciones inmobiliarias (ROI) RG (AFIP) 2820 titulo I, se encuentra vigente, no asi el Regimen de Informacion establecido en el Titulo II de la citada normativa, tanto para inmuebles urbanos como para inmuebles rurales.
    Es lo que es de mi conocimiento.
    Agradeceria comentarios.

    • Anabel 15 septiembre, 2020 at 12:25 Responder

      Es tal cual como dijiste Gloria. Incluso tengo una clienta que dió en alquiler una casa de su propiedad y por el ROI no pude hacer absolutamente nada. Como siempre, sale la normativa pero seguimos esperando que AFIP ponga en orden el sistema para poder registrar los Contratos de Alquiler. Una vergüenza!

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