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MULTAS ARBA. EL CONTRIBUYENTE YA NO PODRÁ GENERAR EL VOLANTE DE PAGO. RN 24/19

Se elimina el F. R-112/V: formulario de “Volante de pago de multas generado por el contribuyente”.

RESOLUCIÓN NORMATIVA N° 24/19

LA PLATA, 07/08/2019

VISTO el expediente Nº 22700-26133/19, por el cual se propicia modificar el Sistema Integral de Multas regulado en la Resolución Normativa N° 56/14; y

CONSIDERANDO:

Que la Agencia de Recaudación recurre en forma permanente a la utilización de herramientas tecnológicas para la realización de controles más inteligentes y menos intrusivos respecto de los distintos sujetos obligados;

Que, de conformidad con lo indicado en el párrafo que antecede, mediante la Resolución Normativa N° 56/14 se implementó el Sistema Integral de Multas, para la liquidación y el pago de las sanciones pecuniarias previstas en los Títulos IX “De las infracciones a las obligaciones fiscales y deberes fiscales”, y X “De la incautación y decomisos de bienes” del Libro Primero – Parte General del Código Fiscal (Ley Nº 10397,T.O. 2011 y modificatorias), en Leyes especiales y en las demás normas complementarias de las cuales esta Agencia de Recaudación resulta Autoridad de Aplicación;

Que es objetivo de este organismo recaudador promover el acercamiento a los distintos sujetos obligados y facilitar el cumplimiento de sus deberes fiscales, procurando los instrumentos que resulten necesarios para ello;

Que los últimos desarrollos alcanzados por este organismo permiten, en esta instancia, optimizar el funcionamiento del Sistema Integral de Multas, lo que redundará en una mejora sustancial en la exposición y búsqueda de los datos asociados a dichas sanciones, además de un avance considerable en la gestión de las mismas;

Que, por lo expuesto, corresponde readecuar la Resolución Normativa N° 56/14;

Que han tomado intervención la Subdirección Ejecutiva de Acciones Territoriales y Servicios, la Gerencia General de Técnica Tributaria y Catastral, la Gerencia General de Coordinación Jurídica, y sus dependencias;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13766;

Por ello,

 

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE

ARTÍCULO 1°. Sustituir el artículo 3° de la Resolución Normativa N° 56/14, por el siguiente:

“ARTÍCULO 3°. Los volantes de pago generados (R-112 A) tendrán una vigencia para su utilización que no podrá ser superior a los quince (15) días hábiles. En caso de haberse vencido el volante de pago, podrá generarse uno nuevo, por un período de vigencia equivalente al establecido en el presente párrafo. Los pagos deberán efectuarse en el Banco de la Provincia de Buenos Aires o demás instituciones habilitadas al efecto, mediante los medios regulados a tal fin.”

ARTÍCULO 2°. Sustituir el artículo 4° de la Resolución Normativa N° 56/14, por el siguiente:

“ARTÍCULO 4°. Establecer que los contribuyentes y responsables comprendidos en la presente Resolución deberán utilizar el formulario electrónico R-112 A, que integra el Anexo Único de la presente”.

ARTÍCULO 3°. Derogar el artículo 5° de la Resolución Normativa N° 56/14.

ARTÍCULO 4°. Derogar el formulario R-112 V, que integra el Anexo Único de la Resolución Normativa N° 56/14.

ARTÍCULO 5°. Sustituir el Anexo Único de la Resolución Normativa N° 56/14, por el Anexo Único de la presente.

ARTÍCULO 6°. La presente comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 7°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Gastón Fossati, Director



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