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Monotributo Unificado Ingresos Brutos Buenos Aires eximición nuevas altas.

El Art. 132 de la Ley Impositiva de la provincia de Buenos Aires 15.311 exime del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, a aquellos contribuyentes que se encuentren incluidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) MONOTRIBUTO -Anexo de la Ley Nacional 24.977, sus modificatorias y normas complementarias o aquella que en el futuro la sustituya- y tributen el gravamen de conformidad al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes previsto en el Capítulo VII del Título II del Libro Segundo del Código Fiscal (Ley Nº 10397 -T.O. 2011- y modificatorias).

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