Se fija en la suma de $ 32.196.- los ingresos brutos anuales máximos de los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), a los fines de su encuadramiento, que se encuentren inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social. Anteriormente la suma era de $ 24.000.-
– Proyectos Productivos o de Servicios
Los “Proyectos Productivos o de Servicios” a que se refiere el Artículo 52 del Decreto 1/2010 podrán gozar de los beneficios previstos en dicha norma, siempre que sus ingresos brutos devengados anuales no superen la suma que, de acuerdo con la cantidad de sus integrantes, se indica a continuación:
a) De tratarse de 2 integrantes: $ 64.392.- anteriormente era de $ 48.000.-
b) De tratarse de 3 integrantes: $ 96.588.- anteriormente era de $ 72.000.-
Monotributistas y Autónomos de sectores críticos ya pueden solicitar el beneficio de $ 22.000 de Agosto 2021
Mediante la Resolución 486/21 se amplía el alcance del Programa de Asistencia a los trabajadores independientes de sectores críticos para el mes de agosto 2021. ...
cual es la diferencia entre el monotributo y el social? si una persona tiene poca facturacion pero quiere incorporar a su grupo fliar para la obra social cual le convendria?