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MONOTRIBUTO LOS NUEVOS IMPORTES REGIRAN A PARTIR DE ENERO 2018. RG 4119-E

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El Artículo 52 del Anexo de la Ley  24977, dispuso que los montos máximos de facturación, los montos de alquileres devengados, del impuesto integrado y de las cotizaciones previsionales fijas, correspondientes a cada categoría de pequeño contribuyente, se ajustarían anualmente en el mes de septiembre, en la proporción de los 2 últimos incrementos del índice de movilidad de las prestaciones previsionales.

 

Por lo cual, muchos estábamos esperando la publicación de una nueva tabla para realizar la categorización que vence este mes, sin embargo, AFIP consideró que como en enero de 2017, se realizó una actualización de los  valores mediante la  Ley 27346 , para no duplicar las actualizaciones, resulta conveniente precisar que los nuevos valores que surjan de dicha actualización resultarán de aplicación a partir del 1° de enero de cada año.

 

AFIP difundirá  través del  “Nuevo Portal para Monotributistas”, los montos actualizados.

Para la recategorización correspondiente al tercer cuatrimestre (septiembre/diciembre) de cada año, deberán considerarse los nuevos parámetros.

16 comments

  1. Estela R. Badouh 2 enero, 2018 at 12:00 Responder

    HOLA, BUEN DIA Y BUEN AÑO,
    CONSULTA: PARA SABE SI CORRESPONDE O NO LA RECATEGORIZACION POR EL PERIODO 1-1-17 AL 31-12-17, QUE PARAMETROS SE TOMA : ¿LOS VIGENTES AL 31-12-17 O LOS NEUVOS PUBLIVADOS A PARTIR DE 1-1-18,
    MUCHAS GRACIAS!!!

  2. Mariano 17 septiembre, 2017 at 21:27 Responder

    Hola. Me inscribi en el monotributo en Junio de 2017 y estoy con dudas sobre la recategorizacion me gustaria contactar con alguien para hacer algunas consultas. Muchas gracias a quien me pueda brindar asesoramiento. Saludos

  3. Ayelen 14 septiembre, 2017 at 10:26 Responder

    Me pasa lo mismo que a Juan, en la parte de “incumplimientos” dentro de “presentación de ddjj y pagos” aparece bienes personales, las informativas todas presentadas, se supone que hay que presentar todo antes del 20 y además el contribuyente debe ir personalmente a la agencia? Me parece una locura, todo junto!

    • Juan 18 septiembre, 2017 at 13:04 Responder

      Ayelen; te cuento que el viernes estuve en la agencia de estos contribuyentes y me dicen que efectivamente hasta que presenten todas las declas adeudadas no va a poder recategorizarse …. y bueno. Paciencia y a pensar en hacerse bar tender en Costa Rica en la próxima vida -un poco de humor para el lunes-.
      Saludos y gracias

  4. Juan 11 septiembre, 2017 at 17:27 Responder

    Buenas tardes; desde la semana pasado esperando si se “ajusta” el sistema, pero veo que aparentemente será así.
    Alguien sabe que se puede hacer con un monotributista que tiene que recategorizar x aumentar su categoría??
    Resulta que cuando “a favor del fisco” intentamos recategorizarlo, nos dice que “debe declaracionS juradaS” (sin especificar concepto ó períodos u otra cosa; simplemente nos manda a “revisar” la cta cte tributaria). Y que una vez que se presenten hay que ir a la Agencia personalmente para informar esto.
    Entonces pregunto: el contribuyente debe ddjj de bienes 2015 y 2016; se supone que debo correr con cada cliente que tenga incumplimientos, antes del día 20 y luego presentarme en agencia para que se pueda recategorizar ??????
    De locos si es así.
    Si alguno le paso algo parecido agradezco comentarios. Saludos.

      • Juan 14 septiembre, 2017 at 19:41 Responder

        No Carla, esas están todas presentadas. Y para actualizar, a 5 días del cierre de la recategorización sigue sin poder hacerse, salvo que previamente presente todas las ddjj adeudadas … Quedará entonces en la misma categoría; generando un perjuicio para el fisco por la menor recaudación.
        Gracias y saludos

  5. Gerardo 7 septiembre, 2017 at 20:03 Responder

    Sería bueno que AGIP se ajuste a las nuevas escalas y quede de una vez en syncro con la AFIP.

    En el último cambio de AGIP actualizaron pero a las “viejas” escalas de AFIP.

    • Carla Lombardi 7 septiembre, 2017 at 08:39 Responder

      Para poder reingresar, debería dar baja por “Cese de actividad”, si tu baja es por “Exclusión” no podes ingresar hasta dentro de 3 años.

    • Emi 13 diciembre, 2017 at 12:04 Responder

      Hola, tengo inquietud respecto del Monotributo, si en sept se hizo recategorizacion y el contribuyente aumento en categoria.. ahora con los nuevos Topes de facturacion de enero puede suceder que baje de categoria? que debo tener en cuenta para encuadrarlo nuevamente la recategorizacion del 3er cuatrimestre (sep /dic) o lo facturado en el 2017 (enero/dic). Muchas Gracias

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