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MONOTRIBUTO LA RECATEGORIZACION DE MAYO 2018 ES OPTATIVA. RG 4235

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La AFIP finalmente emitió la RG 4235 para aclarar cuando deberán realizar la  recategorización de monotributo, el problema se presentaba porque la ley 27430 introdujo modificaciones, estableciendo que la recategorización se efectuará por semestre calendario (enero/junio y julio/diciembre), a diferencia de la recategorización cuatrimestral que rige hasta el 31 de mayo de 2018.

 

Por lo que a fin de evitar duplicidad en la carga administrativa de los pequeños contribuyentes, dada la proximidad de la recategorización que deberá efectuarse por el primer semestre calendario del 2018, resulta oportuno disponer que la recategorización en el Régimen Simplificado correspondiente al cuatrimestre enero/abril de 2018, se considerará cumplida en término siempre que el pequeño contribuyente proceda a efectuar la recategorización correspondiente al semestre enero/junio de 2018, en los plazos y condiciones que a tales efectos disponga este Organismo.

 

Para aquellos que igualmente decidan realizar la recategorización por el período enero/abril 2018 el servicio “Monotributo” de AFIP ya fue habilitado a tal efecto.

10 comments

  1. Lucas 8 mayo, 2018 at 18:54 Responder

    Hola Carla, buenas tardes. Te consulto, si decido esperar hasta Julio para recategorizar a los contribuyentes debería tomar para el cálculo, los perídos Julio 2017 a Junio 2018, cierto?
    Y si decidimos recategorizar ahora con vencimiento Mayo, tomar Mayo 2017 hasta Abril 2018, y luego en Julio, categorizar nuevamente teniendo en consideración los parámetros de Julio 2017 a Junio 2018.
    Entiendo, que como suele suceder, tenemos que esperar que la AFIP se expida al respecto o publique alguna RG. Pero me gustaría conocer tu criterio o si estás de acuerdo con el mío, desde ya muchas gracias, saludos.

  2. Diego 8 mayo, 2018 at 11:46 Responder

    Hola Carla, mi cliente se dio de alta en el Monotributo en Febrero.
    Para calcular la proyección de ingresos anuales ahora a mitad de año debo tomar: a) el total facturado en el primer semestre x 2 o b) lo facturado de Feb a Jun x 2,4 (es decir por 12/ 5)?

  3. dora 8 mayo, 2018 at 11:27 Responder

    humildemente considero que si superé los limites de la categoria en donde estoy tengo que recategorizarme.
    Y si es para menos obviamente que lo hago para pagar menos.

  4. Javier Alejandro Monaco 6 mayo, 2018 at 07:57 Responder

    La confusión es clarísima, como siempre por parte de la AFIP.
    Mejor no tocar nada hasta que digan algo coherente.
    O sea: si quiero, tengo tiempo, tengo ganas y no me da mucho mas a pagar, lo hago, sino, espero, con efectos de la recategorización de julio en el mes de agosto.

    • David 6 mayo, 2018 at 20:51 Responder

      Hola Javier: creo que de lo que mencionas el del pago es el importante, imagina que vos le decis a tu cliente, te paso ahora y empezas a pagar mas de cuota o sino te recategorizo en julio y recien ahí empezas a pagar el nuevo valor, que te parece que te va a contestar?, la unica logica que se le puede pensar a esto es para los que tengan que recat. en menos (pero aun asi no esta claro), sino parece que la resolucion la hizo un… como lo podriamos llamar? Sds.

  5. David 4 mayo, 2018 at 11:09 Responder

    Hola Carla, esto quiere decir que si alguien pasó su categoría ahora en mayo y recién se recategoriza en julio, el estado asume esos meses que corresponderia un pago mayor? o dicho de otra manera, si supere los limites en el periodo mayo 17 a abril 18, pero me puedo recategorizar en julio, quien se va a recategorizar ahora si puede atrasar el aumento de su cuota para mas adelante? Que opinas?

  6. NATALIA 4 mayo, 2018 at 10:25 Responder

    Si opto por hacerla ahora en mayo dado que analizando los ingresos hasta abril da para bajarlo de categoria y que empiece a pagar menor desde el 20-06 ¿Luego entonces en julio debere volver a hacer la recetagorizacion pero tomando los ingresos hasta 06/2018 y la nueva categoria la pagaria desde 20/08? Seria asi?

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