Icono del sitio Contadores en red

Monotributo. Cómo cambio la categoría una vez vencido el plazo

AFIP informa a través de su ABC – Consultas y Respuestas Frecuentes que deberán hacer los contribuyentes que no llegaron a recategorizarse al 20 de enero de 2022.

ID 26144796 ¿Es posible realizar una modificación en la categoría del monotributo más allá del período previsto para la recategorización semestral? 26/01/2022 01:42:59 p.m.

El régimen simplificado para pequeños contribuyentes contempla la posibilidad de realizar modificaciones de datos y elevar la categoría durante todo el año, más allá de las sanciones que correspondan por la falta de recategorización semestral.

Dichas modificaciones tendrán efectos desde el mes en curso o el siguiente, a través del Portal Monotributo, opción “Modificar datos del monotributo”. Allí se deberá completar la información requerida para que el sistema determine la nueva categoría.

En caso de solicitar una modificación de datos o un aumento de categoría con efectos desde un mes anterior al actual, se deberá realizar una presentación digital. También deberá realizarse una presentación digital cuando se solicite una baja de categoría en un período distinto al de la recategorización.

Fuente: AFIP

Monotributo – Modificación categoría actual

Se deberá realizar una “Presentación Digital” seleccionando la opción “MONOTRIBUTO. MODIFICACIÓN DE CATEGORÍA ACTUAL POR ERROR” y  cumplir con los requisitos que se indican:

Indicar claramente:
• Los motivos y fundamentos que dan origen a la presentación
• En caso de baja de tu categoría de Monotributo, las causas por las cuales no pudiste realizar la recategorización en forma oportuna. Las causas podrán ser las siguientes:
➢ Cambio de actividad que implique un inicio de actividad.
➢ Modificación por encontrarse limitada la CUIT al momento de la recategorización.
➢ Error de cálculo o error en la registración del parámetro al momento de adherirse o recategorizarse.
➢ Otros

• Tu categoría actual, la nueva categoría y a partir de cuándo.

Adjuntar:

• Documentación que justifique la modificación, podría ser:
➢ Notas y papeles de trabajo
➢ Informes Profesionales
➢ Resumen o extractos bancarios
➢ Comprobantes de AFIP (ejemplo: pagos, acuses de recibo DJ, etc.)
➢ Documentos y comprobantes respaldatorios de compras, ventas, gastos, ingresos y otros rubros
➢ Comprobantes y facturas varias
➢ Copia libro ventas
➢ Monto de ingresos brutos anualizados

Salir de la versión móvil