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MONOTRIBUTISTAS EXCLUIDOS, PASE A RESPONSABLE INSCRIPTO. PASOS PARA REGULARIZAR LA SITUACION. 3º PARTE

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VENCIMIENTOSPUNTOS DE VENTA

El contribuyente deberá dar de alta como mínimo 2 puntos de venta, uno para las facturas manuales de resguardo y otro para las facturas electrónicas y en caso de corresponder deberá dar de alta un tercer punto de venta para el controlador fiscal.

¿Qué puntos se deben utilizar?
En oportunidades anteriores al realizar el pase a Responsable Inscripto se ha podido mantener el mismo punto de venta que utilizaba como Monotributista. Sin embargo ahora el sistema no lo permite advirtiendo que “El punto de venta se encuentra utilizado”.

Punto de venta ya utilizadoAutorización de Impresión de comprobantes
Si el contribuyente esta obligado al uso de controlador fiscal, es conveniente dar de alta el punto de venta antes de solicitar las facturas manuales de resguardo (aunque utilice el plazo de 4 meses para realizar la evaluación), ya que en estos casos al solicitar las facturas de resguardo podrá informarse como punto de venta que resguardan tanto el electrónico como el del controlador fiscal.
Importante:
Antes de solicitar las facturas manuales de resguardo, es conveniente haber presentado las DJ de IVA por los periodos retroactivos al momento de la exclusión, en caso contrario la AFIP autorizará facturas con vencimiento dentro de los 30 días de solicitadas y en caso de haber solicitado Facturas “A” en caso de no regularizar su situación, en las próximas autorizaciones podrá quedar habilitados a emitir comprobantes clase “M”.

3 comments

  1. Mirta Yez 19 enero, 2016 at 12:14 Responder

    Buen día, tengo una persona que me consulta porque se notificó de la baja cuando no lo dejó emitir factura electrónica en el mes de diciembre 2015, pero la baja fue hecha en el mes de Agosto 2015, con lo cual tiene 4 pagos de monotributo categoría j , y debe autónomos e IVA por estos períodos. Pueden reimputarse estos pagos a cuenta de la deuda? Gracias.

  2. Pablo 19 enero, 2016 at 07:28 Responder

    Desde hace varios dias vengo intentando presentar el descargo a la exclusión desde la pagina de AFIP porque en la Agencia de Pilar no lo recibieron en papel. Llego a cargar el descargo pero al momento de confirmar el sistema arroja un error y no se puede presentar. Hice la consulta a la mesa de ayuda y todavia no tuve respuesta. ¿Alguien pudo ultimamente presentar un descargo desde la pagina web? gracias.

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