Icono del sitio Contadores en red

Modelo de Informe Especial requerido por la Com. “A” BCRA 7553

CERTIFICACIONES

MEMORANDO DE SECRETARÍA TÉCNICA N° A – 84 FACPCE

INFORME PROFESIONAL REQUERIDO POR EL PUNTO 1.6 DE LA COMUNICACIÓN “A” 7553 DEL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA:

MODELO SUGERIDO

Consulta

1. A raíz de la emisión por parte del Banco Central de la República Argentina (BCRA) de la Comunicación “A” 7553 (B.O. 26/07/2022), se ha recibido consulta a esta Secretaría Técnica sobre el modelo de informe profesional destinados a dar cumplimiento con lo requerido por el punto 1.6 de la mencionada comunicación.

Análisis

2. La Comunicación “A” 7553 informó la decisión del BCRA de establecer como uno de los requisitos para las entidades puedan dar acceso al mercado de cambios a los clientes para realizar pagos de importaciones de bienes, la presentación de:

“(…) una certificación de auditor externo dejando constancia que, de concretarse la operación, las existencias de las materias primas y/o de los bienes intermedios o finales elaborados a partir de éstas no superarán los niveles que se requiere para su actividad normal.”

3. Desde el punto de vista del encuadre técnico del informe solicitado, entendemos que una certificación no es el encargo profesional adecuado al objetivo planteado por el requerimiento. En una certificación, el profesional constata ciertas situaciones de hecho con los registros contables del ente u otra información de respaldo. En este caso, el objetivo del pedido del BCRA es que el profesional se manifieste sobre una situación potencial (“que de concretarse la operación, las existencias (…) no superarán niveles que se requiere para su actividad normal”), que no puede ser cotejada con un registro contable.

4. En virtud de las opciones establecidas por nuestras normas de auditoría y servicios relacionados vigentes en Argentina, consideramos que el encargo profesional más adecuado es el de los Informes Especiales tratados en el Capítulo VII.C de la Resolución Técnica N°37 (Modificada por la RT 53) de la FACPCE. En estos encargos, el contador aplica una serie de procedimientos para verificar el cumplimiento por parte de la entidad de requerimientos del organismo de control y en su informe brinda una manifestación de hallazgos sobre la base de los resultados obtenidos de esos procedimientos.


INFORME ESPECIAL DE CONTADOR PÚBLICO INDEPENDIENTE SOBRE CIERTA INFORMACIÓN INCLUIDA EN LA DECLARACIÓN DE LA SOCIEDAD DE QUE LAS EXISTENCIAS DE LAS MATERIAS PRIMAS Y/O LOS BIENES INTERMEDIOS O FINALES ELABORADOS A PARTIR DE ÉSTAS NO SUPERARÁN LOS NIVELES NECESARIOS PARA SU ACTIVIDAD NORMAL

Descargar (PDF, 338KB)

Salir de la versión móvil